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Documento BOE-B-2007-177121

Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, Aprobando el Establecimiento de la Instalación Eléctrica Línea aérea 66 kV doble circuito entrada salida «Don Rodrigo» de la línea a 66 kV. «Palacios-Morón», así como la Declaración en Concreto de la Utilidad Pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 25 de julio de 2007, páginas 8775 a 8775 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2007-177121

TEXTO

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial por Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada Unipersonal, en solicitud de aprobación de la instalación eléctrica Línea aérea, 66 kV, doble circuito entrada salida «Don Rodrigo» de la línea a 66 kV «Palacios-Morón», y declaración, en concreto de utilidad pública de la misma, dado que el Anteproyecto correspondiente fue autorizado con fecha 19 de mayo de 2004, y cuenta con Declaración de Impacto Ambiental favorable de fecha 1 de marzo de 2004 («Boletín Oficial» de la Provincia número 97, de 28 de abril de 2007), cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, la Sección I del Capítulo II, y el Capítulo V, del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Vistas las alegaciones remitidas durante el período de información pública por:

Doña Josefa Vélez Moreno, que aduce ha propuesto al Ayuntamiento de Utrera una modificación de la calificación de suelo industrial, en virtud de un «convenio urbanístico» por un lado y por otro solicitud de soterramiento del tramo que discurre por su finca, y ubicación del apoyo de sustentación en la linde de la finca.

Don Enrique Gaviño Casado, que solicita modificación o soterramiento del tramo que discurre por su finca, errores en la calificación de la misma, diferencia en la longitud afectada, y existencia de una construcción agrícola en la zona inmediatamente inferior de la línea. Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, que aduce naturaleza jurídica de bien expropiado de dominio público. Que en absoluto pueden tenerse en consideración las alegaciones formuladas por los particulares pues las modificaciones producidas en el trazado se han debido a los condicionados impuestos por la Declaración de Impacto Ambiental de su Anteproyecto, favorable de fecha 1 de marzo de 2004. Respecto a las alegaciones formuladas en concreto por doña Josefa Vélez Moreno, indicar por un lado la ineficacia jurídica del formulario encabezado como «convenio urbanístico», y por otro, que el trazado se ha proyectado siguiendo unos criterios técnicos y ambientales de muy difícil modificación. Con relación a las alegaciones formuladas en concreto por don Enrique Gaviño Casado, indicar que en el certificado catastral de la zona afectada por el sobrevuelo de la línea, se observa la inexistencia de ninguna edificación actual, y que la longitud y superficies expropiadas corresponden a dicha finca según lo indicado al respecto en el artículo 158 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. En relación a la alegación formulada por Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, se indica que dicho Organismo ha sido eliminado de la lista de personas físicas o jurídicas objeto de la expropiación y por otro lado se han remitido a la empresa beneficiaria los condicionados impuestos por dicho Organismo al objeto de que sean tenidos en cuenta a la hora de ejecutar la obra, Esta Delegación Provincial, a propuesta de la Sección correspondiente y de acuerdo con la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la citada Consejería, ha resuelto:

Primero.-Aprobar el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica Línea aérea, 66 kV, doble circuito entrada salida «Don Rodrigo» de la línea a 66 kV. «Palacios-Morón», cuyas características principales son: Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada.

Domicilio: Avenida de la Borbolla, 5. Emplazamiento: Alcalá de Guadaira y Utrera. Finalidad de la instalación: Atender la Demanda Energética. Línea eléctrica:

Origen: Línea a 66 kV Doble Circuito «Palacios-Morón».

Final: Subestación «Don Rodrigo». T. M. afectados: Alcalá de Guadaira y Utrera. Tipo: Aérea. Longitud en kilómetro: 10,410. Tensión en servicio: 66. Conductores: LA-180. Apoyos: Metálicos de Celosía. Aisladores: U-70 BS. Presupuesto, €: 694.116,48 euros. Referencia: R.A.T: 102290. Exp.: 243491.

Segundo.-Declarar en concreto la utilidad pública, implicando ésta la urgente ocupación, según lo establecido en los artículo 53 y 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y a los efectos señalados Capítulo V, del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, con las condiciones especiales siguientes:

1. La presente Resolución de Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de Ejecución, habilita al titular para la construcción de la instalación eléctrica referenciada, con la excepción establecida en el párrafo anterior.

2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso se soliciten y autoricen. 3. El titular de la instalación dará cuenta por escrito del comienzo de los trabajos a esta Delegación Provincial. 4. El titular de la instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial, quien podrá practicar, si así lo estima oportuno, un reconocimiento sobre el terreno de la instalación. 5. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven, según las disposiciones legales vigentes. 6. Asimismo, el titular de la instalación tendrá en cuenta para su ejecución, las condiciones impuestas por los Organismos que las han establecido, las cuales han sido puestas en conocimiento y aceptadas por él. 7. Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a ésta Delegación. 8. El plazo de puesta en marcha será de un año, contados a partir de la presente Resolución. 9. Esta instalación, no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma, con la correspondiente Autorización de Explotación, que será emitido por ésta Delegación Provincial, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el artículo 132 del Real Decreto 1955/2000.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excelentísimo Señor Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 4/1999, de 14 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 18 de junio de 2007.-El Delegado Provincial, Francisco Álvaro.

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