La empresa Endesa Distribución Eléctrica, SLU, con domicilio social en la av. Paral·lel, 51, Barcelona, ha solicitado ante los Servicios Territoriales del Departamento de Economía y Finanzas de Tarragona la autorización administrativa, la declaración de utilidad pública con urgente ocupación y la aprobación del proyecto de ejecución de la línea aérea de 25 kV a nuevo CT 101.496 Grauet, en el término municipal de L'Albiol. En cumplimiento de los trámites que establecen el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, y el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la solicitud mencionada se ha sometido a un periodo de información pública mediante el anuncio publicado en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» número 4940, de 3 de agosto de 2007; en el «BOE» número 183, de 1 de agosto de 2007, y en el diario de ámbito local «El Punt» de 1 de agosto de 2007. Paralelamente al trámite de información pública, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se ha comunicado al ayuntamiento correspondiente la lista de los bienes y los derechos afectados por la instalación, para que lo expongan al público por un plazo de 20 días, para que las personas interesadas puedan consultarla y puedan corregir, si es necesario, los posibles errores u omisiones que pueda haber, así como formular las alegaciones que crean procedentes, de acuerdo con lo que disponen los artículos 145 y 147 del Real Decreto mencionado. Durante el trámite de información pública no se han presentado alegaciones ni reclamaciones. De acuerdo con lo que se prevé en los artículos 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000 mencionado, de 1 de diciembre, se solicitó informe a los organismos afectados: Ayuntamiento de L'Albiol y Telefónica, los cuales emiten informe favorable. Completados los trámites administrativos que disponen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña. Visto que, de acuerdo con lo que dispone el artículo 7 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, la competencia para autorizar esta instalación eléctrica corresponde a los Servicios Territoriales del Departamento de Economía y Finanzas.
Resuelvo:
1. Autorizar a la empresa Endesa Distribución Eléctrica, SLU, la línea aérea de 25 kV a nuevo CT 101.496 Grauet, en el término municipal de L'Albiol.
2. Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad pública lleva implícita la ocupación urgente de los bienes y los derechos afectados que se sometieron a información pública en el anuncio publicado en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» número 4940, de 3 de agosto de 2007, y comporta las afecciones que se describen y las que hayan podido surgir o modificarse en la tramitación de este expediente. 3. Aprobar el proyecto de ejecución mencionado, con las características técnicas siguientes:
Descripción:
Para la realización de la nueva línea aérea de 25 kV a nuevo centro de transformación sobre apoyo de celosía, PT, será necesario entroncar en la línea aérea 25 kV existente en XR708 Aubia. En esta se instalarán dos nuevos apoyos metálicos Nb, y NS retensando vanos desde apoyos de madera con tornapuntas existentes anterior Na y posterior ND.
Desde apoyo metálico NC de la línea aérea 25 kV en XR708 Aubia, se realizará el tendido de nueva línea aérea 25 kV a nuevo centro de transformación sobre apoyo de celosía, PT, CT 101.496 Grauet, instalando dos apoyos metálicos. La derivación estará formada por una línea aérea proyectada según lo indicado en el Reglamento de líneas eléctricas de alta tensión, según Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre. La longitud de este tramo aéreo será de 0,165 km de línea de un circuito instalada sobre apoyos metálicos. El conductor de la línea será de aluminio-acero tipo LA-56, las características del cual se definen en la Norma UNE 21.018. Estará apoyado mediante aislantes poliméricos apropiados para la tensión de servicio de 25.000 V. El trazado de la línea se hará para una altitud correspondiente a la zona B. La tensión mecánica aplicada a los cables corresponderá a un EDS de 4,5% y 7%. El cálculo se efectuará para una velocidad de viento de 160 km/h. El centro de transformación será del tipo sobre apoyo de celosía y estará situado cerca del camino Grauet, polígono 1, parcela 41. El terreno donde se instalará está cedido a Endesa Distribución Eléctrica, SLU. La potencia máxima admisible de la instalación será la de un transformador de 160 kVA, siendo todos los elementos de la instalación calculados para esta potencia. Dado el valor de la potencia conectada a la red de BT, la potencia del transformador que se instalará inicialmente seré de 50 kVA. Toda la actuación se encuentra en el término municipal de L'Albiol, comarca de El Baix Camp.
Características generales de la línea:
Tipo: Línea aérea.
Tensión: 25 kV. Longitud: 0,165 km. Número de circuitos: 1. Número de cables: 3. Material conductor: Aluminio-acero. Sección de los conductores: LA-56. Tipo de apoyos: Celosía (metálicos) y madera. Número de apoyos con aislamiento normal: 4. Número de apoyos con aislamiento reforzado: 0. Tensión mecánica de los cables EDS: 4,5% y 7%. Zona: B. Nivel de aislamiento: 70/170 kV.
Características generales del centro de transformación:
Tipo: sobre apoyo de celosía (PT).
Relación de transformación: 25000/420 V. Potencia: 50 kVA. Protección contra sobreintensidades: Cortacircuitos. Protección contra sobre cargas: Interruptor automático. Puesta a tierra: Tierras separadas. Protección contra sobretensiones: Autoválvulas. Presupuesto: 16.136,22 euros. Finalidad: Dar suministro eléctrico al Ayuntamiento de L'Albiol.
Esta resolución se dicta de acuerdo con lo que dispone la normativa antes mencionada, como también el artículo y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y se somete a las condiciones especiales siguientes:
1. Las instalaciones se deben hacer de acuerdo con el proyecto técnico firmado por el ingeniero técnico industrial señor Jordi Cabau Mateus, visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Tarragona con el número 75052, de fecha 2 de febrero de 2007, con las variaciones que, si procede, se soliciten y se autoricen.
2. La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se somete a lo que establecen el Reglamento de líneas eléctricas aéreas de alta tensión, aprobado por el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre; la Ley 13/1987, de 9 de julio, de seguridad de las instalaciones, y el resto de las disposiciones de aplicación general. 3. La empresa titular es la responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente. 4. El plazo para la puesta en marcha de la instalación autorizada es de dos años a contar de la fecha de publicación de esta Resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat de Cataluña». 5. El Servicio Territorial competente en materia de energía en Tarragona y la Dirección General de Energía y Minas pueden llevar a término, durante las obras y una vez acabadas, las comprobaciones y las pruebas que consideren necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de esta Resolución. 6. Con esta finalidad, el titular de la instalación comunicará al órgano administrativo mencionado el comienzo de las obras, las incidencias dignas de mención que se produzcan durante la ejecución y también su finalización. La comunicación del final de las obras se acompañará con el certificado de dirección y acabamiento de instalación que acredite que se ajustan al proyecto de ejecución aprobado, que se ha dado cumplimiento a las normas y las disposiciones antes mencionadas y, si ocurre, se adjuntarán las actas de las pruebas llevadas a término. 7. La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el supuesto de incumplimiento, por parte del titular de la instalación, de las condiciones que se imponen. En este supuesto, la Administración, con la instrucción previa del expediente oportuno, acordará el anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes. 8. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o las licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para realizar las obras y las instalaciones aprobadas.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el director general de Energía y Minas, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al que se haya publicado, de acuerdo con lo que dispone el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción que hace la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Tarragona, 6 de noviembre de 2007.-La Directora de los Servicios Territoriales en Tarragona, Teresa Pallarès Piqué.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid