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Documento BOE-B-2007-51137

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Red Eléctrica de España S. A. la ampliación del sistema de 220 kV de la subestación a 220/20 kV Morvedre, en la provincia de Valencia, y se declara su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28 de febrero de 2007, páginas 2314 a 2314 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2007-51137

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana, a instancia de Red Eléctrica de España S.A., con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los Gaitanes, n.º 177, solicitando la autorización administrativa y la declaración de utilidad pública de la ampliación de la instalación arriba citada. Resultando que la petición de Red Eléctrica de España S.A. ha sido sometida a información pública a los efectos previstos en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no presentándose alegación ni oposición alguna durante el plazo reglamentario. Resultando que el anuncio de información pública ha sido expuesto en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Sagunto, recibiéndose diligencia acreditativa de la exposición durante el plazo reglamentario y en la que consta que no se han presentado alegación u oposición alguna. Resultando que de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó informe a Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U., a Enagas, a Unión Fenosa Generación S.A.U., a Sepiva y a Parc Sagunt, no produciéndose contestación alguna durante el plazo reglamentario, por lo que se entiende emitido informe en sentido favorable de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 127 del citado Real Decreto. Resultando que solicitado informe a Planta de Regasificación de Sagunto S.A. (SAGGAS), se presenta alegaciones sobre las posibles afecciones por influencias eléctricas al gasoducto de Saggas, a las que se contesta por parte de Red Eléctrica de España, S.A. aceptando las medidas correctoras propuestas. Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana. Visto el informe de la Comisión Nacional de Energía, aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 28 de diciembre de 2006. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a Red Eléctrica de España S.A. la ampliación del sistema de 200 kV de la subestación a 220/20 kV de «Morvedre», en el término municipal de Sagunto (Valencia), que consiste básicamente en: Construcción de dos posiciones de línea.

La finalidad de la ampliación de la subestación a 220/20 kV de Morvedre es su conexión con la futura subestación a 400/220 kV, también de su propiedad.

2. Declarar la utilidad pública de la ampliación de la subestación a 220/20 kV de «Morvedre» a los efectos previstos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Esta instalación no se podrá comenzar a construir mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación del proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en el plazo máximo de seis meses, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4.º del Real Decreto 2351/2004, por el que se modifica el procedimiento de resolución de restricciones técnicas y otras normas reglamentarias del mercado eléctrico. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto se procederá por el peticionario de la autorización a cumplir lo que para concesión de prórroga se ordena en el Capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, pudiendo realizarse exclusivamente las obras preparatorias de acondicionamiento del emplazamiento de la instalación que se contemplan en el artículo 4.º del Real Decreto 2351/2004, de 23 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 22 de enero de 2007.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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