Está Vd. en

Documento BOE-B-2007-77135

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» la ampliación de la subestación a 400/220 kV de «Benejama», en el término municipal del mismo nombre, en la provincia de Alicante, y se declara su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 30 de marzo de 2007, páginas 3712 a 3713 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2007-77135

TEXTO

Visto el expediente incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Alicante, a instancia de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», con domicilio en La Moraleja, Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes número 177, solicitando la autorización administrativa y la declaración de utilidad pública de la ampliación de la subestación arriba citada. Resultando que la petición de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» ha sido sometida a información pública a los efectos previstos en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no presentándose oposición ni alegación alguna durante el plazo reglamentario. Resultando que la información pública de la ampliación de la subestación fue expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Benejama durante el plazo reglamentario no habiéndose presentado alegaciones según consta en la certificación emitida por el mismo. Resultando que de conformidad con lo establecido en los artículos 127, 131 y 146 del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se envió un ejemplar del proyecto al citado Ayuntamiento, solicitando informe y establecimiento de condicionados técnicos si proceden, e informe favorable o desfavorable sobre la adaptación de la instalación proyectada al planeamiento urbanístico que resulte de aplicación de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas. Resultando que por dicho Ayuntamiento se emite informe con fecha 21 de septiembre de 2006 en el que no se opone al proyecto, estableciendo condicionados. Por parte de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» se comunica la aceptación de los condicionados, sin perjuicio de lo dispuesto en el convenio de colaboración de 28 de junio de 2006 suscrito entre el Ayuntamiento y «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima». Resultando que de conformidad con lo establecido en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se envió un ejemplar del proyecto a «Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal», solicitando informe y establecimiento de condicionados técnicos si proceden, y tras haber sido reiterado en los términos previstos en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, no se produce pronunciamiento, por lo que ha de entenderse emitido informe en sentido favorable. Resultando que enviado un ejemplar del proyecto a la Consejería de Territorio y Vivienda de la Generalidad Valenciana por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Alicante solicitando informe favorable o desfavorable de acuerdo con la Ley 13/2003, de 23 de mayo, sobre la adaptación de la instalación al planeamiento urbanístico, con fecha 2 de junio de 2006 la Consejería emite informe en sentido favorable. Visto el informe favorable emitido por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Alicante. Visto el Informe de la Comisión Nacional de Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 22 de febrero de 2007. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha Resuelto:

1. Autorizar a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» la ampliación de la subestación a 400/220 kV de «Benejama», en el término municipal del mismo nombre, en la provincia de Alicante, que consiste básicamente en: Instalación de un Autotransformador a 400/220 kV de 450 MVA y dos nuevas posiciones de transformación, una en el parque de 400 kV y otra en el parque de 220 kV, con toda su aparamenta asociada, equipando la posición de barras 2 de la calle 2 del parque de 400 kV actualmente en reserva y la posición 11 del parque de 220 kV así como la ampliación del embarrado de 220 kV con dos módulos adicionales de los cuales se dejará uno en reserva.

Instalación en el parque de 220 kV de un nuevo banco de condensadores BC1, de 100 MVAr, con la correspondiente posición de interruptor y la ampliación del módulo de los embarrados principales. Las ampliaciones mencionadas han supuesto la construcción e instalación de los siguientes elementos: Parque de 400 kV:

1 interruptor de 400 kV, 4000 A, 50 kA de SF6.

3 transformadores de intensidad de relación 3000-2000-1500-1000/ 5A de cinco devanados. 1 seccionador trifásico de 4000 A con cuchillas de puesta a tierra. 3 transformadores de tensión capacitivos de 400/0,110 kV de 3 secundarios. 3 pararrayos de óxido de zinc de 400 kV/ 10 kA. Aisladores soporte C8-1425.

Parque de 220 kV:

2 interruptores de 220 kV, 3150 A, 40 kA de SF6.

6 transformadores de intensidad de relación 2000-1000 / 5 A de cuatro secundarios. 4 seccionadores pantógrafos de 2000 A. 1 seccionador de puesta a tierra. 3 transformadores de tensión inductivos de 220/0,110 kV de 3 secundarios. 1 transformador de tensión capacitivo de 220/0, 110 kV de 3 secundarios. 1 pararrayos de óxido de zinc de 220 kV / 10 kA. Aisladores soporte C6-1050. Obra civil (parque de 220 kV): Construcción de una caseta de relés, bancada del autotransformador, plataforma de la batería de condensadores, cimentaciones, viales, canales de cables, drenajes y red de tierras.

La finalidad de la ampliación consiste en apoyar a la red de 220 kV desde la de 400 kV y garantizar una mayor capacidad de suministro sin menoscabo de la calidad del servicio como consecuencia del incremento de la potencia demandada, así como atender a la necesidad de compensación de reactiva en la zona de Alicante incluso con disponibilidad total como consecuencia de los problemas de tensión observados en la operación en tiempo real en la zona, ya que en algunos puntos se producen valores de tensión inferiores a los admisibles según criterios de planificación. 2. Declarar la utilidad pública de la ampliación de la instalación que se autoriza a los efectos previstos en la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Señor Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 7 de marzo de 2007.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid