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Documento BOE-B-2007-92063

Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Sevilla por la que se autoriza, se aprueba y reconoce la utilidad pública del proyecto de instalaciones «Antena de suministro de gas natural a Écija, en el término municipal de Écija», así como su estudio de impacto ambiental (Expte. 240.729).

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 17 de abril de 2007, páginas 4371 a 4372 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2007-92063

TEXTO

Gas Natural Andalucía, S.A., mediante escrito de 29 de junio de 2005, solicitó autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución, reconocimiento de la utilidad pública y declaración de impacto ambiental de las instalaciones correspondientes al proyecto «Antena de suministro de gas natural a Écija, en el término municipal de Écija», en el término municipal de Écija (Sevilla), dando cumplimiento a lo previsto en el R.D. 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural y en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos. Por Resolución de 28 de enero de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, se delegan competencias en materia de instalaciones de gas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería. El proyecto de instalaciones, junto con la relación de bienes y derechos afectados y los planos parcelarios de expropiaciones, fue sometido a información pública en el B.O.E. de 27 de mayo de 2006; B.O.P. de 12 de abril de 2006; en los diarios El Correo de Andalucía y Diario de Sevilla el 27 de julio de 2006 y 11 de julio de 2006 respectivamente, así como en el tablón de edictos de los Ayuntamientos de Écija. Durante el periodo de información pública no se han recibido alegaciones por parte de ninguno de los afectados. Igualmente, se ha solicitado informe de los Ayuntamientos afectados, de la Delegación Provincial de Medio Ambiente, de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y la Diputación Provincial de Sevilla, como únicos organismos de servicio público o de servicios de interés general afectados por la construcción del gasoducto. Con fecha 4 de diciembre de 2006, la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla ha emitido la preceptiva Declaración de Impacto Ambiental por la que se manifiesta la viabilidad, a los solos efectos ambientales, del proyecto «Antena de suministro de gas natural a Écija, en el término municipal de Écija». De acuerdo con lo dispuesto en el Titulo V de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, la declaración de utilidad pública lleva implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954. Vistos la Ley 34/1998, de 7 de octubre, citada; el R.D. 1434/2002, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos, aprobado por Orden Ministerial de Industria y Energía de 18 de noviembre de 1974, modificado por Órdenes de 26 de octubre de 1983 y de 6 de julio de 1984. Esta Delegación Provincial, a la vista del proyecto de instalaciones «Antena de suministro de gas natural a Écija, en el término municipal de Écija», ha resuelto conceder autorización administrativa, aprobar el proyecto de instalaciones, reconocer la utilidad pública del citado proyecto presentado por Gas Natural Andalucía, S.A., para el proyecto «Antena de suministro de gas natural a Écija, en el término municipal de Écija», debiendo someterse a las condiciones siguientes:

Primera.-En todo momento se deberá cumplir cuanto establece la Ley 34/1998, el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de gas natural, el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos, Reglamento General del Servicio Publico de Gases Combustibles, así como la Declaración de Impacto Ambiental, de fecha 6 de marzo de 2006, de la Delegación Provincial de Medio Ambiente.

Segunda.-La construcción de las instalaciones que se autorizan por la presente Resolución habrá de realizarse de acuerdo con el proyecto técnico denominado «Antena de suministro de gas natural a Écija, en el término municipal de Écija», firmado por D. Julián Díez Gómez, Ingeniero de Caminos Canales y Puertos, colegiado n.º 7730, visado por el Colegio Oficial de Ingenieros de Caminos Canales y Puertos de Madrid el día 1 de junio de 2006 con el número 126999. De acuerdo con dicho proyecto, los principales detalles de la instalación son los siguientes:

Recorrido: Él ramal de suministro parta de la ERM APA/MPB situada en el exterior de la Pos. F - 07.4, del desdoblamiento del Gasoducto Sevilla-Huelva de Enagas, La Conducción cruzará primeramente la carretera SE - 135 Écija - Callada Rosal para discurrir en dirección noreste paralela a dicha carretera por su margen derecha dirección Écija, hasta llegar a la zona Casa de Cochento en que abandona el paralelismo en unos 350 m para eludir las edificaciones correspondientes a instalaciones agrícolas. De nuevo se sitúa en paralelo con la carretera hasta llegar al inicio de la zona urbana de Écija. El cruce de la conducción con la carretera SE - 135 es el pk 9,420, además la tubería cruza la Cañada Real de Jimena o de Palma del Río a Écija.

Presión de diseño: 5 bar. Tubería: Material de Polietileno, PE 100 SDR 17.6. Presupuesto: 116.181,70 €. Previamente a la ejecución de las conexiones Gas Natural Andalucía, S.A. entregará los procedimientos de interconexión con la tubería existente. Tercera.-Los cruces especiales y otras afecciones a bienes de dominio público se realizarán de conformidad con los condicionados impuestos por Administraciones, organismos y empresas de servicio público e interés general que hayan informado del expediente y se le haya dado traslado a Gas Natural Andalucía, S.A. Cuarta.-El plazo máximo para la realización de las instalaciones que se autorizan será de 2 anos a partir de la fecha de ocupación real de las fincas que han de ser afectadas por aquellas. Quinta.-La empresa constituirá en el plazo de 3 meses una fianza en la Caja General de Depósitos de la Delegación Provincial de Hacienda de la Junta de Andalucía en Sevilla por un importe correspondiente al 2 % del presupuesto de las instalaciones, como queda establecida en el art. 82 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre. Sexta.-Esta autorización se concede sin perjuicio de terceros y de las concesiones, autorizaciones administrativas y licencias necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables. Séptima.-gas Natural Andalucía, S.A. dará cuenta de la terminación de la instalación objeto del proyecto a la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Sevilla para su conocimiento definitivo y Levantamiento de Acta de puesta en servicio de las instalaciones, sin cuyo requisito no podrán entrar en funcionamiento. A la solicitud de puesta en servicio de las instalaciones el peticionario deberá acompañar, por duplicado, la siguiente documentación: a) Certificado final de obra, firmado por técnico titulado competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente, en el que conste que la construcción y montaje de las instalaciones se ha efectuado de acuerdo con lo previsto en el proyecto presentado por Gas Natural Andalucía, S.A. y en los reglamentos, normas y especificaciones aplicados en el mismo. b) Certificado final de las entidades o empresas encargadas de la supervisión y control del montaje de las instalaciones, en el que se haga constar el resultado satisfactorio de las inspecciones definitivas, así como los ensayos y pruebas realizadas según lo previsto en las normas y códigos aplicados en el proyecto.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el art. 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.

Sevilla, 15 de enero de 2007.-El Delegado provincial, D. Francisco Álvaro Julio.

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