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No habiendo podido notificar a don Vicente Giménez Borrás, en los dos intentos practicados en su domicilio, se le hace saber que, recaída Resolución del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, con fecha 4 de noviembre de 2009, en el expediente administrativo de desahucio nº 59/09, por el Director Gerente del mismo, se ha dictado con fecha 5 de mayo de 2010, acuerdo mediante el que de conformidad con lo previsto en el artículo 95 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas, y del Procedimiento Administrativo Común, se requiere al interesado para que en un plazo máximo de 15 días hábiles, a partir del día siguiente a la presente publicación, manifieste expresamente si consiente, o no la entrada en su domicilio. Si transcurrido el plazo señalado no se recibe su autorización, se entenderá denegada a efectos de solicitar la autorización judicial de entrada en la vivienda militar.
El expediente se encuentra, en todo caso, a disposición del interesado en el Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, P.º de la Castellana, núm. 233, de Madrid, o en las dependencias de la Subdelegación de Defensa correspondiente.
Madrid, 17 de junio de 2010.- La Jefe de la Subunidad de Expedientes, Cristina Úbeda Murillo.
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