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Documento BOE-B-2010-44467

GIJÓN

Publicado en:
«BOE» núm. 316, de 29 de diciembre de 2010, páginas 147283 a 147283 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-44467

TEXTO

D. Miguel Ángel, Secretario Judicial de Jdo. de lo Mercantil n.º 3 de Gijón,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000043/2010 se ha dictado a instancias de Victoriano Giralde Ferradas, María Concepción Peláez Fernández en fecha 7 de diciembre de 2010 Auto de Declaración de Concurso Voluntario de Don Victoriano Giralde Ferradas y Doña María Concepción Peláez Fernández, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Corvera de Asturias.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración Concursal.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores o interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán, hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Gijón, 7 de diciembre de 2010.- El Secretario Judicial.

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