Yo, Vicente de Prada Guaita, notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, con residencia en la capital,
Hago saber: Que en mi notaría sita en Madrid (28036), paseo de la Habana, número 26, 3.º, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la ley hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Urbana.- Finca número ocho. Vivienda tercero letra B, de la casa sita en Madrid, calle Arroyo de las Pilillas, número veintitrés, que es la casa número 152 del proyecto de ordenación del sector de Moratalaz, unidad vecinal "C". Está situado en la planta cuarta del edificio, contando la baja. Ocupa una extensión superficial de ochenta metros y cuarenta y siete decímetros cuadrados (80,47 metros cuadrados) y una superficie útil de sesenta y cinco metros y cincuenta y tres decímetros cuadrados (65,53 metros cuadrados), distribuidos en cuatro dormitorios, comedor-estar, cocina, solana, aseo y terraza-lavadero. Linda: a la derecha entrando con la casa D-2, D-3, 18, después 154, hoy Arroyo de las Pilillas, número 25; a la izquierda con la vivienda letra A; al fondo con la finca matriz; y al frente o sur, por donde tiene su portal de acceso, con la escalera de distribución de pisos y la citada finca matriz.
Cuota: diez enteros y cuatrocientas sesenta y cinco milésimas de entero por ciento (10,465 por ciento).
Inscrita en el Registro de la Propiedad número ocho de Madrid, en el libro 483, de la sección 2.ª de Vicálvaro, folio 160, finca número 22.656, inscripción 4.ª
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi notaría. La primera subasta el día veintitrés de abril de dos mil doce, a las once horas, siendo el tipo base el de trescientos siete mil setecientos cincuenta euros y setenta y dos céntimos (307.750,72 euros); de no haber postor, o si resultare fallida, la segunda subasta, el día veintiocho de mayo de dos mil doce, a las once horas, siendo el tipo base el 75 por ciento de la primera; de no haber postor o si resultare fallida, la tercera subasta, el día veinticinco de junio de dos mil doce, a las once horas, sin sujeción a tipo; y si hubiera pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el cuatro de julio de dos mil doce a las once horas.
La documentación y certificación del Registro de la Propiedad a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la notaría de lunes a viernes, de diez a trece horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la notaría o en entidad de crédito, una cantidad equivalente al 30 por ciento del tipo que corresponda en la primera y segunda subasta, y en la tercera un 20 por ciento del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del notario o justificante de su ingreso en la cuenta bancaria de provisión de fondos de la notaría. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Madrid, 8 de febrero de 2012.- El notario, Vicente de Prada Guaita.
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