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Documento BOE-B-2013-26713

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 11 de julio de 2013, páginas 35608 a 35608 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-26713

TEXTO

Edicto

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, hago saber:

Que en la Sección I Declaración Concurso 164/2013, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 3 de julio de 2013 Auto acordando lo siguiente:

1° Declarar conjuntamente el concurso voluntario de las sociedades deudoras Hermanos Vila Comesaña, S.L. con CIF B-36613834, Vila Comesaña y Compañía, S.L. con CIF B-36704625, y Vilacom 2006 Asociados, S. L., con CIF B-36981421, cuyos centros de intereses principales los tienen - las tres concursadas - en la Avenida Ramiro Pascual, La Carneiras, 11, 36213, de Matamá - Vigo (Pontevedra).

2° La intervención de las facultades de administración y disposición de las sociedades concursadas sobre sus patrimonios mediante la autorización o conformidad de la Administración concursal.

3° La Administración concursal designada es la sociedad profesional Convenia Profesional, S. L. P., con CIF B-86353729, y domicilio en la calle Velázquez Moreno, 9 - 4°, Oficina 5, 36201, de Vigo, teléfono 902051145, fax 902051186 y correo electrónico ramon.jc@convenia.es

4° Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

5° Que los acreedores e interesado que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal)

Vigo, 3 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

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