Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.
Doña Natalia Ramos Lain, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 410/2012 en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Ravaltext Empresa d'Inserció S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto: Concurso voluntario 410/2012 Sección C5.
NIG: 0801947120128000667.
Entidad concursada: Ravaltext Empresa d'Inserció, S.L., con CIF número B-63768022.
Tipo de concurso: Voluntario.
Fecha del auto de declaración: 9 de julio 2012.
Administrador/es concursal/es: Don Miguel Ángel Pacheco Ortiz en representación de la sociedad profesional Bufete Cano & asociados, con correo electrónico mapacheco@bufetecano.es.
Facultades del concursado: Intervenidas.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme el art. 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medio electrónicos. la comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuántas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comuncación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 26 de julio de 2012.- La Secretaria judicial.
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