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Documento BOE-B-2014-33523

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 27 de septiembre de 2014, páginas 45393 a 45393 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-33523

TEXTO

Edicto

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal 0000250/2014, seguido a instancias del Procuradora doña Ana María de Guzmán Fabra, en nombre y representación de doña Julia Isabel Santana Martín; Deportes Ancalia, S.L., y José María del Carmen Santana Saavedra, se ha dictado Auto el día 31/04/2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de doña Julia Isabel Santana Martín; Deportes Ancalia, S.L., y José María del Carmen Santana Saavedra, con NIF, CIF y NIF n.º 42769957P; B35332188, y 42774497V, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el artículo 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto, se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Se designan como Administradores del concurso a la entidad Praxis Concursal, con CIF B-76154467, en la persona de don Pablo Mariño Vila, con NIF 32.811028-X como Abogado, con domicilio en la calle Luis Doreste Silva, 18 B, 3.º izquierda, 35004, con Dirección electrónica "concursodeportesancalia@praxisconcursal.es".

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Don Antonio Carlos Martínez-Uceda Calatrava, Magistrado-Juez. Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial.-Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 16 de septiembre de 2014.- Secretario Judicial.

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