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Documento BOE-B-2014-4898

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 2014, páginas 6262 a 6262 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-4898

TEXTO

Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número dos de Alicante,

Hago saber: Que en el juzgado de lo mercantil dos de Alicante se siguen los autos de concurso abreviado-000024/2013-K, de la mercantil Novovision Málaga, S.L.U., en cuyo seno, con fecha veintiuno de enero de dos mil catorce, se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1.-Se acuerda poner fin a la fase común.

2.-Se acuerda la apertura de la sección sexta.

Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (articulo 168 Ley concursal). Comuníquese a la administración concursal la fecha de la expiración del plazo de personación de interesados para,vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el artículo 169 de la ley concursal.

3.-Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de edicto de forma urgente en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este juzgado por plazo de diez días.

4.-Comuníquese esta resolución en los incidentes concursales en los que se haya formula protesta contra la sentencia,que servirá de apelación más próxima a los efectos del artículo 197.3 ley concursal.

Modo de impuganción: Mediante recurso de apelación ante este juzgado (artículo 455 ley de enjuiciamiento civil). El recurso se interpondrá por medio de escrito en este juzgado en el plazo de veinte días.

"Esta resolución será apelable y tendrá la consideración de la apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.4 ley concursal".

Alicante, 21 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

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