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Documento BOE-B-2014-4899

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 2014, páginas 6263 a 6264 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-4899

TEXTO

Edicto.

Doña Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, por el presente anuncio;

Que en el concurso abreviado n.º 364/2012, seguido en este Órgano Judicial, a instancia de la mercantil "Diseño Textil Hombre, S.L.", con CIF B-54462163, con domicilio en Novelda (Alicante), calle San José, n.º 26, 2.º, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al tomo 3423, folio 137, hoja número A-119695, inscripción 1.ª, se ha dictado Auto de conclusión del concurso por inexistencia de bienes en fecha 31/01/2014, que es firme y cuya parte dispositiva es del tenor siguiente:

Parte Dispositiva

1. Se declara concluso el concurso de acreedores de "Diseño Textil Hombre, S.L."

2. El deudor "Diseño Textil Hombre, S.L." queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

3. Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor "Diseño Textil Hombre, S.L." que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.

4. Se acuerda la extinción de "Diseño Textil Hombre, S.L." con CIF B-54462163, con domicilio en Novelda (Alicante), calle San José n.º 26, 2.º, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al tomo 3423, folio 137, hoja número A-119695, inscripción 1.ª, decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al señor Registrador Mercantil de la Provincia.

5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 10 de diciembre de 2013.

6. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial.

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil.

En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita.

Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de cinco días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.

Modo de impugnación: Contra esta resolución no cabe recurso.

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Itmo. Sr. don Rafael Fuentes Devesa Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.

Firma del Magistrado-Juez Firma del Secretario.

Alicante, 31 de enero de 2014.- La Secretaria judicial.

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