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Documento BOE-B-2016-7794

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 5 de marzo de 2016, páginas 9799 a 9799 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-7794

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso

Don Francisco Velasco García-PlataLetrado de la Adm. de Justicia del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.-Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, Edificio C, 12.ª planta.

Numero de asunto.-Concurso voluntario 957/2015 4.

Tipo de concurso-Voluntario.

Entidad instante del concurso y NIF.-Edicions Antoni Campaña, S.L., B-65281644.

Fecha del Auto de Declaración.-11 de enero de 2016.

Administradores concúrsales.-Don Josep Conesa Sagrera, como Abogado, con NIF 46.346.082-R, con domicilio en Barcelona calle Avda/ Diagonal, 435, 5-2 (08036) y número de teléfono 93.202.02.56, con dirección electrónica concursal@conesalegal.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Régimen de suspensión las facultades de la concursada.

Llamamiento a los acreedores.-Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la asdministración cocursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos regístrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Dado en Barcelona a, 11 de enero de 2016.- El Letrado de la Adm. de Justicia.

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