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Documento BOE-B-2017-57487

BECERREÁ

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 6 de octubre de 2017, páginas 71140 a 71140 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2017-57487

TEXTO

D./Dña. Francisco Javier Cadenas Cachon, Iltre. Sr./a Letrado de la Administración de Justicia del Xdo.1A.Inst.e Instrucción N.1 de Becerreá

Hago saber: En este órgano judicial se tramita declaración de Fallecimiento 96/2017, seguido a instancia de Doña Amparo Fernández López, sobre la declaración de fallecimiento de Manuel Fernández López, en los que por resolución de fecha uno de septiembre de dos mi diecisiete, se ha acordado dirigir edicto al BOE y al Ayuntamiento de Becerreá, para dar publicidad a la parte dispositiva del decreto de admisión de la demanda del siguiente tenor literal:

ACUERDO:

1. Admitir la solicitud y formar expediente sobre declaración de fallecimiento, que se sustanciará con intervención del Ministerio Fiscal.

2. Señalar para la celebración de la comparecencia a que hace referencia el fundamento de derecho Segundo de esta resolución el día VEINTICINCO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISIETE a las 10:00 HORAS, que tendrá lugar en la Sala de Audiencia del Juzgado de Becerreá, en la que podrán intervenir además de los citados judicialmente cualquiera que pudiera tener interés en la declaración de fallecimiento.

3. Dar publicidad a esta resolución mediante dos edictos que con intervalo de ocho días se publicaran en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado de Becerreá.

4. Citar al Ministerio Fiscal y a los familiares más próximos que constan en el expediente a la celebración de la comparecencia señalada en el punto 2 de la parte dispositiva.

5. Librar oficio a las fuerzas de seguridad del estado para la averiguación de datos sobre Manuel Fernández López.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante el/la Letrado de la Administración de Justicia que lo dicta, en el plazo de cinco días contados a partir del día siguiente al de su notificación, mediante escrito en el que deberá expresarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (art. 451.1 y 452.1 L.E.C.).

Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos (art. 451.3 L.E.C.).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Becerrea, 1 de septiembre de 2017.- El/la Letrado de la Administración de Justicia.

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