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Documento BOE-B-2017-57505

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 6 de octubre de 2017, páginas 71163 a 71164 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-57505

TEXTO

Edicto

Juzgado: Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla.

Juicio: Jurisdicción Voluntaria (Genérico) 179/2017.

Parte Demandante: Banco Santander, S.A.

Parte Demandada: Ayesa Advanced Technologies, S.A.

Sobre: Jurisdicción Voluntaria (Genérico).

Cedula de Notificación

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Decreto

Doña M.ª Jesús Lozano García.

En Sevilla, a once de julio de dos mil diecisiete.

Antecedentes de Hecho

Primero. Gerardo Martínez Ortiz de la Tabla, en nombre y representación de Banco Santander, S.A. ha presentado una solicitud de Jurisdicción Voluntaria por extravío de Títulos, contra Ayesa Advanced Technologies, S.A.

Parte Dispositiva

Admito la solicitud presentada por el Procurador Gerardo Martínez Ortiz de la Tabla, en nombre y representación de Banco Santander, S.A. contra Ayesa Advanced Technologies, S.A.

Acuerdo la celebración de la oportuna comparecencia y señalo, al efecto, el día 16 de octubre de 2017 a las doce horas en la Sala Señalamiento de este Órgano judicial, sita en Calle Vermondo Resta, S/N, Edificio Viapol, Planta Tercera.

A la comparecencia, se citará a la parte solicitante, a "Ayesa Advanced Technologies, S.A" y a "Ayesa Soluciones Virtuales, S.L" en los respectivos domicilios que constan en las actuaciones.

Modo de impugnación: recurso de Reposición ante el/la Secretaria Judicial, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de cinco días, contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículos 451 y 452 Ley de Enjuiciamiento Civil).

Lo dispongo y firmo.

El/La Letrada de la Administración

Y como consecuencia, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Sevilla, 12 de julio de 2017.- La Letrada de la Administración.

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