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Documento BOE-B-2018-23596

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 23 de abril de 2018, páginas 30644 a 30644 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-23596

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal.

Anuncia:

Que en el concurso voluntario núm.355/08, seguido en este Juzgado contra el deudor CONSTRUBAEFER S.L., con CIF nÚm. B-18540963, por auto de fecha 13 de abril de 2018, se ha resuelto:

Acuerdo la conclusión del concurso voluntario de CONSTRUBAEFER S.L., con CIF núm. B-18540963, inscrita en el Registro Mercantil de Granada y la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la administración concursal. De conformidad a ello:

Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.

Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.

Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.

Se acuerda la extinción de CONSTRUBAEFER S.L., con CIF núm. B-18540963. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de CONSTRUBAEFER S.L., con CIF núm. B-18540963.

Requiérase a la administración concursal para que en el plazo de cinco días, desde la cancelación de la inscripción realizada en el Registro Mercantil, aporte al juzgado su acreditación de administrador, cesando en ese momento en sus funciones.

Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno (art. 177 LC).

Granada, 19 de abril de 2018.- La Letrada de la Admón. de Justicia.

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