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Documento BOE-B-2019-1449

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 15 de enero de 2019, páginas 1870 a 1870 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-1449

TEXTO

Edicto.

D. EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000477/2018, seguido a instancias de la Procuradora doña MARÍA JESÚS RIVERO HERRERA, en nombre y representación de NUUK SERVICIOS E INVERSIONES, S L., se ha dictado Auto el día 03/12/2018, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de NUUK SERVICIOS E INVERSIONES, S.L., con CIF B76100288, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de VOLUNTARIO.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: D. DOMINGO DEL CASTILLO MORALES, como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de la calle General Vives, 90, 3.º, Las Palmas de Gran Canaria, y teléfono 607773730, fax 928279856, así como Dirección electrónica "concurso-nuuksei@hotmail.com".

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el domicilio designado por la Administración concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

D. GUILLERMO FERNÁNDEZ GARCÍA, Magistrado-Juez.- D. EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Letrado de la Administración de Justicia.- Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 11 de enero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Eduardo Jose Rebollo Sanz.

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