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Documento BOE-B-2019-17132

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 17 de abril de 2019, páginas 21236 a 21236 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-17132

TEXTO

Edicto

Rafael Huerta García, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Barcelona, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 426/2019 Sección: E.

NIG: 0801947120198004712.

Fecha del auto de declaración. 14 de marzo de 2019.

Clase de concurso. Voluntario.

Entidad concursada. Miguel Julia Benlliure, con 46125116L.

Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal a Mario Martín Campelo González. Dirección postal en calle Deu i Mata número 150, Entresuelo 4ª. 08014 Barcelona. Dirección electrónica: campelo@icab.cat

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Se tiene por presentadas alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. Se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de la sección 5ª

Se ha presentado también el informe previsto en el artículo 75 de la Ley Concursal por lo que las impugnaciones al mismo deberán presentarse dentro del plazo previsto para la comunicación de los créditos.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111. Edifici C, Planta 112. Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (artículo 184.3 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 9 de abril de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Rafael Huerta García.

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