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Documento BOE-B-2019-23705

JAÉN

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 29 de mayo de 2019, páginas 29448 a 29448 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-23705

TEXTO

Edicto

El Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concusal,

Anuncia:

1.º Que en el procedimiento concursal número 627/19, con NIG 2305042120190004237 por auto de fecha 8-5-19 se ha declarado en concurso de acreedores al deudor don Francisco Angel Arroyo Beteta, con nif nº 77337871A,

2.º Se acuerda la apertura de la fase de liquidación y la suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley Concursal (LC).

3.º Se acuerda la extinción del derecho a la obtención de alimentos con cargo al a masa activa.

4.º Los concursados y los acreedores, dentro del plazo de quince días desde la presente publicación podrán formular alegaciones al plan de pagos. Podrán formular también observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho del concusado. Los acreedores también podrán solicitar, mediante escrito razonado, la apertura de la sección de calificación (art. 242.2.8ª de la LC.)

5.º Que los acreedores de los concursados deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido:

Don Víctor Manuel Camacho Adarve.

Domicilio: C/ Virgen de la Paz, nº 24, 23280 de Jaén.

Profesion: Abogado.

Correo electrónico: victormcamacho@telefonica.net.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado».

No necesitarán solicitar reconocimiento los titulares de créditos que hubieran firmado el acuerdo extrajudicial.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

7.º La dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es la siguiente: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Jaen, 23 de mayo de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Inmaculada Barajas Rojas.

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