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Documento BOE-B-2019-37543

ÁVILA

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 11 de septiembre de 2019, páginas 48326 a 48326 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-37543

TEXTO

Edicto

D. Luis Marugán Cid, Letrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Ávila, con funciones de Juzgado de lo Mercantil, por el presente, hago saber:

Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado Sección I Declaración Concurso Voluntario 118/2014, N.I.G.: 05019 41 1 2014 0021602, relativo a la deudora ANA MARÍA PINDADO MARTÍN, con NIF n.º 06525449G, se ha dictado auto de conclusión del concurso en fecha 02/09/2019, firme, en cuya parte dispositiva se dispone:

"1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de inexistencia de bienes o derechos propiedad de la concursada, ANA MARÍA PINDADO MARTÍN, ni de terceros responsables para satisfacer a los acreedores.

2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

3.- Se declara aprobada la rendición de cuentas de la administración concursal –art. 181.3- y el cese de su actuación.

4.- Firme esta resolución, expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 y 178.3 de la Ley concursal acordando la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos."

Ávila, 2 de septiembre de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Marugán Cid.

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