Edicto
D.ª Encarnación Mercedes Tubio Lariño, Letrado de la Administración de Justicia del Jdo. de lo Mercantil nº 1 de A Coruña, por el presente, hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 0000298/2016 y NIG 1503047120160000347, se ha dictado en fecha 2 de octubre de 2019, Auto de Conclusión de Concurso voluntario del deudor Dovela Arquitectura Interior y Construcción, S.L., con CIF B-70235205, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Cambre.
1.- Declarar concluso el procedimiento concursal registrado número 298/2016 referente al deudor Dovela Arquitectura Interior y Construcción, S.L. (en liquidación) por finalización de las operaciones de liquidación.
2.- Decretar el archivo de las actuaciones.
3.- El cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes, salvo las que, en su caso, se contuvieran en la sentencia firme de calificación.
4.- La extinción de la persona jurídica deudora.
5.- Librar mandamiento de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.
6.- Anunciar esta resolución en el Boletín Oficial del Estado.
7.- Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales y administrativos que acordaron la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.
8.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.
Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).
A Coruña, 22 de octubre de 2019.- El Letrado de la Admiistración de Justicia, Encarnación Mercedes Tubio Lariño.
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