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Documento BOE-B-2023-11234

Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos, Política Industrial y Energía de la Junta de Andalucía en Almería por la que se acuerda la declaración, en concreto, de utilidad pública, del proyecto denominado "Línea eléctrica a 132 kV doble circuito de la instalación solar fotovoltaica "CSF Lucainena" en la provincia de Almería", sita en el término municipal de Níjar. Expte. LAT 6834.

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 18 de abril de 2023, páginas 17594 a 17596 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2023-11234

TEXTO

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Con fecha 17 de septiembre de 2020, CALASPASOL1, SLU, con domicilio en C/ Poeta Joan Maragall, 1, planta 5ª, Madrid, solicitó la declaración, en concreto, de Utilidad Pública para la instalación denominada "Línea eléctrica A 132 Kv doble circuito de la instalación solar fotovoltaica "CSF Lucainena" en la provincia de Almería", sita en el término municipal de Níjar. Dicho proyecto cuenta con autorización administrativa previa y de construcción de fecha 28 de abril de 2022.

Segundo.- De acuerdo con el articulo 125 y 144 del real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió el expediente a Información Pública insertándose anuncios en el Boletín Oficial del Estado nº 257, de 26 de octubre de 2022; Boletín Oficial de la Junta de Andalucía nº 205, de 25 de octubre de 2022 y corrección de errores en n.º 273, de 14 de noviembre de 2022; Boletín Oficial de la Provincia de Almería nº 199, de 17 de octubre de 2022 y en el periódico Diario de Almería de fecha 17 de octubre de 2022, así como en el tablón de edictos del ayuntamiento de Níjar.

En dichos anuncios se incluían relación concreta y detallada de bienes y derechos afectados por la citada instalación.

Tercero.- Dentro del plazo de información pública, a la fecha de vencimiento no se han presentado alegaciones.

Cuarto.- Con fechas 06/03/2023 y 08/03/2023 la beneficiaria presenta sendos escritos en los que comunica que se han firmado contratos de servidumbre de paso de mutuo acuerdo con propietarios de las parcelas afectadas y que se han obtenido las autorizaciones de cruzamiento por parte de los organismos públicos afectados por la línea; aportando relación de las parcelas según proyecto y solicitando su supresión de la Relación de Bienes y Derechos Afectados de la Declaración de Utilidad Pública.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Esta Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía es competente resolver el otorgamiento de la Utilidad Pública en concreto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49.1.a) del Estatuto de Autonomía de Andalucía, L.O. 2/2007, de 19 de marzo; Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía; Ley 24/2013, de 26 de diciembre del Sector Eléctrico; Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; Ley de Expropiación Forzosa de 16 de Diciembre de 1954; Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Orden de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Segundo.- La declaración de utilidad pública en concreto está regulada en los artículos 143 y siguientes del citado Real Decreto 1955/2000.

Visto los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho expresados más arriba, esta Delegación del Gobierno

RESUELVE

Primero. Declarar en concreto la Utilidad Pública del proyecto denominado Línea eléctrica A 132 Kv doble circuito de la instalación solar fotovoltaica "CSF Lucainena" en la provincia de Almería", sita en el término municipal de Níjar, cuyas principales características, así como la relación de bienes y derechos afectados, son las siguientes:

Promotor: CALASPASOL1, SLU

Línea de evacuación a 132 kV:

Origen: En subestación proyectada en apoyo con coordenadas aproximadas U.T.M. X=576.374,91 e Y=4.092.912,4 del Huso 30.

Final: En nuevo apoyo a intercalar en la línea Toyo-Hornos Ibéricos.

TT.MM. afectados: Níjar Tipo: Aérea.

Tensión nominal: 132 kV (1a Cat).

N.° de circuitos: 2.

N.° de apoyos: 5.

Longitud: 757,5 m.

Conductores: D-450/OPGW-48.

Apoyos: Metálicos de celosía con montaje de cruceta de doble circuito con hilo de tierra.

Aisladores: C0MP0SITE-132-120-1241.

Segundo.- La Declaración en concreto de la Utilidad Pública de la instalación, a los efectos de expropiación forzosa, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y o de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación forzosa.

Notifíquese esta resolución a los interesados en la forma prevista en los artículos 40 y ss de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la advertencia expresa que esta Resolución pone fin a la via administrativa y que contra la misma podrá interponer recurso contencioso administrativo conforme lo establecido en el art.46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa o, potestativamente, recurso de reposición ante esta Delegación Territorial en el plazo de UN MES a contar desde el día de recepción de esta notificación en virtud de lo establecido en los artículos 123 y 124 de la indicada Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Relación de propietarios con bienes y derechos afectados de la línea eléctrica aérea d/c 132 kV. en término municipal de Níjar (Almería). Tramo aéreo. T.M. Níjar

PARCELA PROYECTO

PROPIETARIO

REF. CATASTRAL

POL.

PARCELA

NATURALEZA DEL TERRENO

LONGITUD VUELO (m2)

SERVIDUMBRE VUELO (m2)

ZONA DE SEGURIDAD/NO EDIFICACIÓN (m2)

Nº APOYOS INSTALADOS

Nº APOYO DE PROYECTO

SUPERFICIE APOYOS Y ANILLO TIERRA (m2)

OCUPACION TEMPORAL (m2)

DERECHO DE PASO (m2)

V.L.

Capel Aguilera Jose

04066A06200042

62

42

Labor

3,51

10

Vargas García Ángeles (HR)

04066A06400049

64

49

Labor

63,76

480,44

641,97

1

4

29,74

3238,70

191,28

12

Tristán Barón Maximiliano (Herederos)

04066A06400047

64

47

Labor

22,02

209,67

236,39

440,40

66,06

14

Tristán Barón Maximiliano (Herederos)

04066A06400051

64

51

Labor

72,96

576,54

796,28

1

5

34,14

3422,70

218,88

Almería, 20 de marzo de 2023.- Delegado Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía, Guillermo Casquet Fernández.

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