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Documento BOE-B-2024-14678

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A., de información pública relativo a la propuesta de aprobación del canon de regulación del embalse de Itoiz año 2025.

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 22 de abril de 2024, páginas 21627 a 21628 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2024-14678

TEXTO

Con fecha 4 de abril de 2024 la Dirección Técnica de este Organismo ha aprobado la propuesta del canon de regulación del embalse de Itoiz año 2025 que conforme a lo establecido en el artículo 302 del R.D. 849/1986 de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico (BOE nº 103 de 30 de abril), incluye la siguiente propuesta de valores:

A) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores I y II.1 abonarán 30,4240445749 €/ha.

B) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores II.2, III, IV.2 y IV.3 abonarán 31,0230053824 €/ha.

C) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores IV.1 abonarán 31,6219661899 €/ha.

D) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores II.2, III, IV.1-2-4-5, IX y X abonarán 32,2209269975 €/ha.

E) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores V, VII y VIII abonarán 32,8198878050 €/ha.

F) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores de Regularización 2015 abonarán 33,4188486126 €/ha.

G) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores de Regularización 2016 abonarán 34,0178094201 €/ha.

H) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra del Sector VI y Regularización Sectores 2017 abonarán 34,6167702276 €/ha.

I) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI y Regularización Sectores 2018 abonarán 35,2157310352 €/ha.

J) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores XXII-Arga 5, XXII-Arga 6 y Regularización Sectores 2019 abonarán 37,0126134578 €/ha.

K) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores XXII-Arga 4 y regularización Sectores 2022 abonarán 37,6115742653 €/ha.

L) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores XXVI-Ega 3 abonarán 38,2105350729 €/ha.

M) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Irati, anterior a la presa de Itoiz, abonarán 2,6500509886 €/ha.

N) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Aragón, anterior a la presa de Itoiz, abonarán 2,2627883153 €/ha.

O) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Irati, posterior a la presa de Itoiz, abonarán 23,7153473953 €/ha.

P) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Aragón, posterior a la presa de Itoiz, abonarán 15,4517887770 €/ha.

Q) El Eje del Ebro tendrá la consideración de beneficiario de la regulación del Embalse de Itoiz y abonará la cantidad de 34.184,46 €, dicha cantidad se tendrá en consideración para el cálculo del canon de regulación del embalse del Ebro.

R) Los usuarios hidroeléctricos directos con concesión, en el río Irati, posterior a la construcción del Embalse de Itoiz, que se benefician del caudal superior al de estiaje normal producido por la regulación del embalse, abonarán 0,0095075139 €/kWh.

S) Los usuarios hidroeléctricos fluyentes del Irati con concesión, en el río Irati, posterior a la construcción del Embalse de Itoiz, que se benefician del caudal superior al de estiaje normal producido por la regulación del embalse, abonarán 0,0095075139 €/kWh.

T) Los usuarios hidroeléctricos con concesión, en el río Aragón, anterior a la construcción del Embalse de Itoiz y mejorados por su regulación, abonarán 0,0031691713 €/kWh.

U) Los usuarios hidroeléctricos apoyo eje del Ebro con concesión, en el río Aragón, anterior a la construcción del Embalse de Itoiz y mejorados por su regulación, abonarán 0,0031979024 €/kWh.

V) Los usuarios con concesión de agua para abastecimientos y usos consuntivos industriales desde el Canal de Navarra, o desde el río Irati, abonarán 0,0290166751 €/m³.

W) Los usuarios con concesión de agua para abastecimientos y usos consuntivos industriales desde el río Aragón, abonarán 0,0082447393 €/m³.

X) Los usuarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el río Irati, abonarán 0,0023768785 €/m³.

Y) Los usuarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el río Aragón, abonarán 0,0007922928 €/m³.

Z) El Estado como beneficiario de las obras (defensa contra avenidas y demás beneficios generales) aportará al Organismo Gestor en concepto de canon de regulación 2.602.722,53 €.

Lo que se somete a información pública a efecto de que puedan formularse las reclamaciones que procedan ante el Sr. Presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro, dentro del plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra. Durante este periodo podrá examinarse el expediente administrativo mediante comparecencia en la sede del Organismo, sita en Paseo Sagasta 24-28 de Zaragoza.

Zaragoza, 10 de abril de 2024.- El Director Técnico, Ramón Lúquez Llorente.

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