De conformidad con lo establecido en los artículos 161 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (Real Decreto 849/1986, de 11 de abril), la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A. ha acordado iniciar los expedientes de extinción del derecho al uso privativo de las aguas por renuncia del titular y, en su caso, posibles servidumbres, cuyos datos registrales se relacionan a continuación:
TITULAR |
TOMA |
MUNICIPIO |
CAUDAL |
DESTINO |
TÍTULO/FECHA/AUTORIDAD |
INSCRIPCIÓN REGISTRO AGUAS |
EXPEDIENTE A/39/04381 |
||||||
El Buen Pastor, S.L. |
Arroyo Callejo |
Corvera de Toranzo |
4,5 l/s |
Uso industrial |
Concesión/19 de agosto de 2002/Confederación Hidrográfica del Norte |
12194 Sección A |
EXPEDIENTE A/39/04382 |
||||||
El Buen Pastor, S.L. |
Arroyo del Cuadro |
Corvera de Toranzo |
4,5 l/s |
Uso industrial |
Concesión/19 de agosto de 2002/Confederación Hidrográfica del Norte |
12198 Sección A |
Lo que se hace público, conforme al artículo 163 del vigente Reglamento del Dominio Público Hidráulico, para general conocimiento y por un plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado, a fin de que los que se consideren afectos por la extinción de los referidos aprovechamientos puedan manifestar lo que consideren conveniente, durante el indicado plazo, ante la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A.
Oviedo, 17 de abril de 2024.- La Secretaria General, P.D. El Jefe de Servicio (Resolución de 13/09/2017, BOE de 09/10/2017), Jesús Carasa Antón.
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