BDNS(Identif.):753369
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/753369)
Primero.- Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas los sindicatos de trabajadores más representativos en el ámbito estatal del sector agroalimentario, previstos en el artículo 2.2. de la Orden de Bases reguladoras de dichas ayudas.
Segundo.- Objeto de la Convocatoria
Se convoca para el ejercicio 2024, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones dirigidas a sindicatos de trabajadores del sector agroalimentario. Dichas subvenciones se destinarán únicamente a las actuaciones realizadas en el período comprendido entre el primero de enero del año de su convocatoria y el plazo establecido para la justificación de las mismas.
Tercero.- Bases reguladoras
La Orden AAA/1579/2012, de 2 de julio, ("Boletín Oficial del Estado" de 17 de julio de 2012), modificada a su vez por la Orden AAA/1239/2015, de 23 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 25 de junio de 2015), establece las bases reguladoras para la concesión de estas ayudas.
Cuarto.- Financiación de las ayudas
La financiación de las subvenciones previstas en esta orden se efectuará con cargo al concepto presupuestario 21.01.411M.484, cuya cuantía total máxima será de trescientos setenta y seis mil cuarenta euros (376.040,00 €).
Quinto.- Solicitudes y Plazo de presentación
Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este extracto en el "Boletín Oficial del Estado", en el Registro Electrónico del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de su sede electrónica (https://sede.mapa.gob.es/portal/site/seMAPA/procedimientos-intermedio?cross_search=theme_type&type_id=2&theme_id=1) según los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto.- Criterio de adjudicación.
La distribución de los fondos y sus cuantías se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden de bases.
Madrid, 19 de abril de 2024.- El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación P.D. (Orden APA/21/2019, de 10 de enero), El Subsecretario, Ernesto Abati García-Manso.
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