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Documento BORME-C-2004-115077

RENTA VARIABLE, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 115, páginas 17242 a 17242 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-115077

TEXTO

Reversión a títulos-emisión y entrega a los accionistas La Junta General Extraordinaria de accionistas de "Renta Variable, S.A.", celebrada con carácter de universal el día 3 de febrero de 2004, acordó por unanimidad, modificar la forma de representación de las 200.000 acciones, de 6,01 euros de valor nominal cada una, pasando de la forma actual de anotaciones en cuenta a estar representadas mediante títulos nominativos, bien individuales o múltiples. Las acciones estarán numeradas del 1 al 200.000, ambas inclusive.

Dicho acuerdo ha sido autorizado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores por Resolución de 7 de mayo de 2004, e inscrito en el Registro Mercantil del domicilio de la sociedad.

De conformidad con lo anterior, y para proceder a la entrega de los títulos a los accionistas, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de este anuncio, las Entidades participantes donde se encuentren depositadas las acciones podrán dirigirse al domicilio situado en 28004 Madrid, Paseo de Recoletos, 17, a la atención de don Leonardo Ramírez-Montesinos (Teléfono 91 595 92 93, Fax 91 789 20 91), aportando la certificación emitida por la "Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.", que reflejará las posiciones definitivas anotadas en cuenta correspondientes a cada una de ellas, a la que acompañarán el detalle de los titulares inscritos en sus correspondientes registros contables, así como la cantidad de acciones que corresponde a cada uno de ellos, y demás circunstancias jurídicas de las acciones anotadas en sus respectivos registros contables, al objeto de que "Renta Variable, S.A.", proceda a la emisión de los títulos correspondientes y les sean entregados los que les correspondan, según la documentación aportada, dentro de los quince días siguientes.

Los títulos que no puedan ser entregados serán igualmente emitidos al final del período, quedando depositados en el domicilio social por cuenta de quien justifique su titularidad, y transcurrido el plazo de tres años podrán ser vendidos por la sociedad en la forma legalmente establecida y el importe líquido de la venta depositado a favor de sus titulares todo ello conforme al artículo 59 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Completado el proceso anteriormente indicado se certificará por el órgano de administración ante la "Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.", haber finalizado la entrega de los nuevos títulos a los titulares a través de las Entidades participantes en sustitución de las posiciones anotadas en cuenta, para que éste proceda a dar de baja las referencias de registro, excluyendo el citado valor del sistema de anotaciones en cuenta.

Madrid, 9 de junio de 2004.-El Secretario del Consejo de Administración. D. Luis Antonio Rodríguez Repila.-30.800.

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