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Documento BORME-C-2004-214002

ALCALÁ INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad absorbente) FELIU BOET, SOCIEDAD ANÓNIMA Unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 214, páginas 32093 a 32093 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-214002

TEXTO

Primero.-Aprobación de la Fusión: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 Del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, se hace público, que conforme a los requisitos establecidos en la Ley de Sociedades Anónimas fueron convocadas las respectivas Juntas Generales Extraordinarias de Accionistas de ambas sociedades, celebradas, en primera convocatoria, a las once horas, del pasado día 29 de octubre de 2004, la correspondiente a «Alcalá Industrial, Sociedad anónima», y la relativa a «Feliu Boet, Sociedad Anónima, Unipersonal» tuvo lugar en primera convocatoria, a las dieciocho horas del pasado día 29 de octubre de 2004, aprobaron por unanimidad, la fusión de dichas sociedades, mediante absorción por «Alcalá Industrial, Sociedad Anónima», de «Feliu Boet, Sociedad Anónima, Unipersonal.». La fusión fue aprobada de acuerdo con las menciones recogidas en el proyecto de fusión redactado y suscrito por el Consejo de Administración de la Sociedad absorbente « Alcalá Industrial, Sociedad Anónima,» y el Consejo de Administración de la Sociedad absorbida «Feliu Boet Sociedad Anónima, Unipersonal» dichos proyectos fueron depositados en el Registro Mercantil de Madrid, en fecha 4 de agosto de 2004, y en el Registro Mercantil de Barcelona, en fecha 14 de septiembre de 2004, con disolución, sin liquidación de la Sociedad absorbida y traspaso, en bloque, de todo su patrimonio, a título universal, a la Sociedad absorbente, conforme a los Balances de fusión aprobados en las mencionadas Juntas Generales y cerrados a 30 de junio de 2004, verificados por los Auditores de cuentas de las respectivas Sociedades, todo ello de conformidad con el proyecto de fusión. Segundo.-Tipo de Canje: El tipo de canje de las acciones de nueva emisión de la Sociedad absorbente, determinado sobre la base de los valores reales de los patrimonios sociales, es de una (1) acción de «Alcalá Industrial, Sociedad Anónima,» por cada doscientas cincuenta y ocho (258) acciones de «Feliu Boet, Sociedad Anónima, Unipersonal». Tercero.-Aumento de Capital de «Alcalá Industrial, Sociedad Anónima»: Como consecuencia de la fusión y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 233.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, la Junta General de Accionistas de «Alcalá Industrial, Sociedad Anónima», acordó ampliar capital social en 232.947,60 Euros, hasta alcanzar la cifra de 6.843.947,60 Euros, con una prima de emisión de 115,10 Euros por acción. Dicho aumento se debe a la emisión de 3.876 nuevas acciones al portador de 60,10 Euros de valor nominal cada una, con la consiguiente modificación del artículo 6.º de los Estatutos sociales. Cuarto.-Procedimiento de Canje: El canje se realizará en los términos que resulta del apartado 6.º.-Procedimiento de canje de Acciones, del proyecto de fusión, siendo aplicable, en su caso, el artículo 59 de la Ley de Sociedades Anónimas. Quinto.-Fecha de participación en las ganancias, fecha de efectos contables y ventajas y derechos especiales: Las nuevas acciones emitidas por «Alcalá Industrial, Sociedad Anónima», darán derecho a sus titulares a participar en las ganancias sociales a partir del 1 de enero de 2004. Las operaciones de la Sociedad absorbida se consideran realizadas a efectos contables por cuenta de la Sociedad absorbente a partir del 1 de enero de 2004. No existirán ninguna clase de ventajas en relación con los expertos ni administradores de las Sociedades que se fusionan. No existirán en la Sociedad absorbente titulares de acciones de clases especiales o que tengan derechos especiales distintos de las acciones. Sexto.-Derechos de información y oposición: De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar de modo expreso el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las Sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance fusión. De igual manera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de modo expreso el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio del Acuerdo de Fusión, asiste a los acreedores y obligacionistas de cada una de las dos Sociedades que participan en la fusión, en los términos que resultan del citado precepto y artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Alcalá de Henares, a 2 de noviembre de 2004.-El Secretario de los respectivos Consejos de Administración de ambas sociedades intervinientes en la fusión, don Juan García-Moreno y López de Sagredo.-49.908.

2.ª 5-11-2004

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