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Documento BORME-C-2004-218008

ARIDOS Y PREMEZCLADOS, S. A. U. (Sociedad absorbente) ÁRIDOS SILICIOS DE EXTREMERA, S. L. U. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 218, páginas 32783 a 32784 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-218008

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que los socios únicos de Áridos y Premezclados, Sociedad Anónima Unipersonal y Áridos Silicios de Extremera, Sociedad Limitada Unipersonal, han decidido en las Juntas Generales Extraordinarias y Universales celebradas el día 3 de noviembre de 2004, la fusión de ambas sociedades mediante la absorción por la primera de la segunda, así como la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida conforme a la legislación a la misma aplicable, transmitiendo a título de sucesión universal la totalidad de su patrimonio a la absorbente, la cual se subroga en todos los derechos y obligaciones de la absorbida. La fusión se realiza al amparo del artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. Se ha considerado como balance de fusión el de ambas compañías a fecha 31 de agosto de 2004, debidamente aprobado por el socio único en cada una de las respectivas Juntas y verificado por el auditor de cuentas de la sociedad en el caso de Áridos y Premezclados, Sociedad Anónima Unipersonal. A efectos contables, la fusión surtirá efecto el 1 de enero de 2004, a partir de cuyo momento las operaciones realizadas por la sociedad absorbida se entenderán realizadas en beneficio de la absorbente. Siendo Áridos y Premezclados, Sociedad Anónima Unipersonal, titular de todas las participaciones representativas del capital social de Áridos Silicios de Extremera, Sociedad Limitada Unipersonal, no ha lugar al canje de las acciones ni al aumento de capital de la sociedad absorbente. Dicho acuerdo de fusión de ambas sociedades concuerda exactamente con el proyecto de fusión suscrito por los administradores de las compañías participantes, formulado el 28 de septiembre de 2.004 y depositado en el Registro Mercantil de Madrid. Se hace constar expresamente el derecho de los socios, acreedores y de los representantes de los trabajadores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el informe de verificación de los auditores en el caso de Áridos y Premezclados, Sociedad Anónima Unipersonal, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas así como el derecho de los acreedores de oponerse a la fusión en los términos previstos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

En Madrid, 4 de noviembre de 2004.-El Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Áridos y Premezclados, S.A.U., D. Vicente Ynzenga Martínez-Dabán y el Administrador Único de Áridos Silicios de Extremera, S.L.U., D. Federico Bernabéu Morón.-50.222

y 3.ª 12-11-2004

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