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Documento BORME-C-2004-95098

ELCHE CLUB DE FÚTBOL, S. A. D.

Publicado en:
«BORME» núm. 95, páginas 13777 a 13778 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-95098

TEXTO

Ampliación de capital El Consejo de Administración de la sociedad, haciendo uso de las facultades delegadas por la Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada el pasado día 27 de octubre de 2003, y en ejecución de los acuerdos adoptados en la referida Junta y en el Consejo de Administración del día 20 de abril de 2004; anuncia la ampliación de capital de la compañía en la cuantía de dos millones trescientos noventa y nueve mil novecientos setenta y tres euros con treinta céntimos (2.399.973,30 euros), que se realizará en los términos y condiciones siguientes: Primero.-Emisión, suscripción y derechos de las nuevas acciones: A) Emisión: Se realizará la ampliación de capital mediante la emisión a la par y puesta en circulación de treinta y nueve mil novecientas treinta y tres (39.933) nuevas acciones nominativas, de la misma clase y serie, de sesenta euros con diez céntimos (60,10 euros) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del número 125.192 al número 165.124, ambos inclusive, sin prima de emisión, y libre de toda clase de gastos e impuestos de emisión. Las acciones existentes, nominativas y de igual clase y serie, están totalmente desembolsadas, y numeradas correlativamente del número 1 al 125.191, ambos inclusive.

Las nuevas acciones a emitir disfrutarán de los mismos derechos económicos y políticos que las 125.191 acciones hasta ahora existentes.

B) Suscripción: El procedimiento de suscripción del aumento de capital acordado por la Junta General se divide en tres fases: Fase I: En cumplimiento de lo previsto en el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas, al objeto de que cualquier interesado pueda ejercitar el derecho de suscripción preferente, dicha fase se dirige a todos los accionistas actuales de la Sociedad, personas físicas o jurídicas que aparezcan como titulares de acciones de la Sociedad, en el Libro de Registro de Acciones Nominativas, en el momento de la ejecución de la ampliación de capital, por igual, de tal forma que cada accionista tenga derecho a suscribir una acción nueva por cada cuatro de las antiguas mediante ingreso íntegro, en metálico, del valor nominal de las acciones que se suscriban.

Además, cada accionista tendrá el derecho de suscribir el n.o de acciones que resulte de multiplicar el n.o de acciones antiguas por el cociente (8.635/125.191), de tal manera que los accionistas que así lo quieran podrán agrupar otros derechos de suscripción de acciones para los picos que se produzcan por el resultado de realizar dicha operación aritmética, necesitándose agrupar al menos 15 acciones antiguas para poder suscribir una acción nueva.

Los accionistas podrán suscribir la totalidad de las acciones que les correspondan o sólo una parte de ellas.

El plazo de dicho período de suscripción será de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio que contiene la oferta de suscripción de la nueva emisión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, comenzando el día 20 de mayo de 2004 y terminando el 19 de junio de 2004.

Fase II: En el caso de que quedaran acciones no suscritas finalizada la Fase I, se ofrecerán éstas a los accionistas de la Sociedad que hubieran suscrito acciones en la Fase I, teniendo derecho cada uno de ellos a suscribir el número de acciones que le correspondiese según el prorrateo realizado en función de su cuota de participación en el capital social, como titulares de acciones de la Sociedad según lo expuesto en el Libro de Registro de Acciones Nominativas, en el momento de la ejecución de la ampliación de capital, más aquellas acciones que los accionistas hayan renunciado expresamente teniendo el derecho de suscripción en esta Fase II, porque hubieran suscrito acciones en la Fase I.

Así mismo los accionistas que así lo quieran podrán agrupar otros derechos de suscripción de acciones para los picos que se produzcan con el prorrateo para la suscripción de números enteros de acciones.

El plazo de dicho período de suscripción será de un mes, comenzando el 20 de junio de 2004 y finalizando el 19 de julio de 2004.

Fase III: (No preferente). Si quedaron acciones desiertas en la Fase II, y una vez cumplimentado el trámite previsto en el artículo 38 del estatuto del Elche Club de Fútbol, S. A. D., así como de la disposición transitoria tercera, apartado 2, del Real Decreto 1084/1991, de 5 de julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas, esta Fase III será de suscripción pública de acciones. Las peticiones podrán realizarse sin límite de cantidad y en caso de exceso de demanda de varios peticionarios sobre el número de acciones a suscribir, se prorratearán atendiendo a la cantidad solicitada por cada uno de ellos.

El plazo de dicho período de suscripción será de un mes, comenzando el 20 de julio de 2004 y finalizando el 19 de agosto de 2004.

Segundo.-Desembolso.

El contravalor de las nuevas acciones emitidas se cubrirá mediante aportaciones dinerarias. Tanto si se suscriben la totalidad de acciones a las que pudiera tener derecho cada accionista, como si sólo se suscribe una parte de ellas, las nuevas acciones deberán ser íntegramente desembolsadas en el momento de su suscripción.

Una vez realizado el ingreso, el accionista deberá entregar copia del resguardo de ingreso de la cantidad que corresponda en la sede social del Elche Club de Fútbol, S. A. D. (Estadio Martínez Valero-C/ Alzabares Alto, 266, 03290 Elche), junto con el Boletín de Suscripción, debidamente cumplimentado, que se encuentra a disposición de todos los accionistas en la misma sede social.

Tercero.-Modificación de Estatutos.

De conformidad con lo prevenido en el artículo 153 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acuerdos de ampliación de capital social de la compañía a que este anuncio se refiere, adoptados por la Junta General de 27 de octubre de 2003 delegaron en el Consejo de Administración la facultad de dar una nueva redacción a los artículos de los Estatutos Sociales relativos al capital social o acciones, una vez acordado y ejecutado el aumento.

Cuarto.-Asimismo, y en los referidos acuerdos de la Junta General de 27 de octubre de 2003, se delegó en el Consejo de Administración la facultad para llevar a efecto esta ampliación de capital.

Quinto.-Con carácter general, y de conformidad con lo prevenido en el artículo 153.1.a) de la Ley de Sociedades Anónimas, está delegado en el Consejo de Administración de la compañía la facultad de fijar las condiciones del aumento de capital, que no sean aprobadas expresamente por esa Junta General.

Elche, 17 de mayo de 2004.-La Secretaria del Consejo de Administración, M.a del Carmen Pérez Cascales.-22.137.

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