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Documento BORME-C-2005-132149

TANESA, S. L.

Publicado en:
«BORME» núm. 132, páginas 20131 a 20132 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-132149

TEXTO

Aumento capital y oferta de preferente asunción de nuevas participaciones.

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 75 de la Ley de Sociedades Limitadas, se hace público que la Junta general extraordinaria de accionistas de la sociedad (antes Tanesa, Sociedad Anónima), celebrada el 30 de junio de 2005 - en primera convocatoria -, acordó, por unanimidad de los asistentes, la reducción y aumento simultáneos del capital social con transformación de la sociedad en Sociedad Limitada, quedando reducido momentáneamente a cero mediante amortización de todas las acciones existentes, del siguiente modo: En cuanto a 400 acciones (números 1 a 400, todos inclusive), de 6,010125 euro de valor nominal cada una de ellas, y al 25 por 100 del valor nominal de las 9.600 acciones restantes (números 401 a 10.000, todas inclusive) , correspondiente al capital desembolsado, mediante reintegro a los socios, y en cuanto al 75 por 100 del valor nominal de las citadas 9.600 acciones, pendiente de desembolsar, mediante condonación de los dividendos pasivos. Simultáneamente, se acordó el aumento de capital social a 20.000,00 euros, mediante la creación de 20.000 nuevas participaciones sociales, números 1 al 20.000, todas inclusive, de 1,00 euro de valor nominal cada una, con iguales derechos y obligaciones, y las condiciones de su ejecución, así como la transformación de la sociedad en Sociedad Limitada. Las indicadas participaciones se desembolsarán en efectivo metálico. Los socios podrán ejercitar su derecho de preferente asunción sobre las participaciones creadas, en proporción al valor nominal de las acciones que poseían con carácter previo al acuerdo de amortización y cancelación adoptado por la citada Junta.

La suscripción deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este anuncio en el BORME. Transcurrido dicho plazo, las participaciones que no hayan sido asumidas, serán ofrecidas por el Administrador a los socios que hayan ejercido su derecho de preferente asunción, en proporción a su respectivo porcentaje de participación, durante un plazo de quince (15) días desde la conclusión del señalado para la primera vuelta de la asunción preferente. Los socios que deseen asumir participaciones en primera o segunda vuelta deberán, dentro del plazo de 15 días, remitir carta dirigida al Administrador único de la sociedad, indicando expresamente las participaciones que desean asumir y, dentro de ese mismo plazo, ingresar el importe correspondiente a su valor nominal en la indicada cuenta bancaria abierta a nombre de la sociedad. Si existiesen varios socios interesados en asumir las participaciones ofrecidas, éstas se adjudicarán en proporción a las que cada uno de ellos ya tuviese en la sociedad. Durante los quince días siguientes la finalización del plazo anterior, el órgano de administración podrá adjudicar las participaciones no asumidas a personas extrañas a la sociedad, siguiendo el mismo procedimiento. Llegado este último plazo, quedando participaciones por asumir, el aumento de capital quedará limitado a la cuantía de la asunción efectuada, siempre que al menos se haya asumido el capital mínimo legalmente exigido. En caso de no alcanzarse dicho mínimo, el acuerdo quedará sin efecto, debiendo entonces el Administrador restituir las aportaciones efectuadas dentro del mes siguiente al vencimiento del plazo máximo fijado para el desembolso.

Barcelona, a 1 de julio de 2005.-El Administrador único, Policarpo Varela Jurado.-38.155.

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