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Documento BORME-C-2005-170000

2003 SEDONA, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) BAOBABONDI 2003, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 170, páginas 25235 a 25235 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-170000

TEXTO

Anuncio de acuerdo de fusión

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales de socios de las compañías 2003 Sedona, Sociedad Limitada (sociedad unipersonal) y Baobabondi 2003, Sociedad Limitada (sociedad unipersonal) celebradas ambas con el carácter de universal el 30 de junio de 2.005 han aprobado, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de Baobabondi 2003, Sociedad Limitada (sociedad unipersonal) por 2003 Sedona, Sociedad Limitada (sociedad unipersonal) con entera transmisión del patrimonio de la absorbida, incorporando, por tanto, en bloque todos sus activos y pasivos a la sociedad absorbente, con disolución sin liquidación de aquélla. La fusión se ha acordado conforme al proyecto de fusión elaborado el 30 de mayo de 2005 por el órgano de administración de la sociedad absorbente y de la sociedad absorbida, habiéndose aprobado los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2004. Al ser el socio único de la absorbente socio único, asimismo, de la absorbida no ha sido necesario proceder a aumentar el capital de la sociedad absorbente. No ha sido preciso tampoco acordar ninguna modificación estatutaria por lo que la sociedad absorbente, 2003 Sedona, Sociedad Limitada (sociedad unipersonal) seguirá rigiéndose por los mismos estatutos sociales. No se han concedido ventajas de ningún tipo a los administradores de las sociedades que participan en la fusión, ni derechos especiales a ningún socio. De conformidad con lo preceptuado en el artículo 242 de la ley de sociedades anónimas se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.

En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 243 de la LSA se anuncia el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a contar a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Barcelona, 30 de junio de 2005.-El Administrador único de la sociedad absorbente y de la sociedad absorbida: Areslob, S. L., a través de su Delegado Permanente D. Josep Algueró Galcerán.-46.013. 1.ª 6-9-2005

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