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Documento BORME-C-2005-219094

ISOWINDOWS, S. L.

Publicado en:
«BORME» núm. 219, páginas 34903 a 34903 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-219094

TEXTO

Auto

En Sevilla, a veintiocho de octubre de dos mil cinco. Dada cuenta y

Hechos

Primero.-En la presente ejecución núm. 636/2005, seguida en este Juzgado de lo Social número 1 en materia de Declar. Derechos, se dictó Auto en fecha 11-7-05 decretando el embargo de bienes y derechos de la parte ejecutada en cuantía suficiente a cubrir el principal de 12.215,75 euros, más 2.443,15 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación. Segundo.-Se ha practicado, sin pleno resultado, diligencia de embargo, desconociéndose, tras las gestiones y averiguaciones oportunas, la existencia de bienes suficientes de la parte demandada sobre los que trabar embargo, habiéndose dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial el 18/7/05.

Razonamientos jurídicos

Único.-Disponen los artículos 248 y 274 de la Ley de Procedimiento Laboral que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo se practicarán las averiguaciones procedentes y, de ser infructuosas, tras oír al Fondo de Garantía Salarial, se dictará Auto declarando la insolvencia total o parcial del ejecutado, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional, hasta que se conozcan bienes del ejecutado o se realicen los bienes embargados. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.

Parte dispositiva

Declarar al ejecutado Manufacturas de Hierro y Aluminio del Sur, S. L. en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 12.215,75 euros de principal, más 2.443,15 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.

Publíquese la declaración de insolvencia del ejecutado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, y que transcurrido dicho término, si no manifiestan alegación alguna se procederá al Archivo provisional de las actuaciones.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo./a. Sr./Sra. D./Dña. Aurora Barrero Rodríguez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social numero 1 de Sevilla. Doy fe.-Ella Magistrado-Juez.-El/la Secre-tario/a.

Sevilla, 28 de octubre de 2005.-Doña Rosa Rodríguez Rodríguez Secretaria.-57.386.

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