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Documento BORME-C-2016-10438

AKM REAL ESTATE I, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 223, páginas 12102 a 12103 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2016-10438

TEXTO

La Junta General Extraordinaria celebrada el pasado 15 de noviembre de 2016, con la presencia de accionistas, bien en su propio nombre o mediante representación debidamente acreditada, representantes del 71% del capital social suscrito, aprobó, por unanimidad la siguiente reducción de capital social.

De conformidad con el informe emitido por los administradores mancomunados de la sociedad, y a fin y efecto de que las necesidades de inversión a corto plazo de la sociedad AKM Real Estate I, S.A. no precisan del capital social suscrito se aprobó, por unanimidad, la reducción de capital social por importe de 2.467.680 Euros; pasando el capital social desde la cifra de 10.440.000 Euros a la cifra de 7.972.320 Euros; todo ello mediante la reducción del valor nominal por acción, que ha pasado de ser de 1 Euro por acción a 0,763632183908046 Euros por acción.

Como consecuencia de la indicada reducción de capital social, se acordó por unanimidad modificar el artículo 6º de los Estatutos Sociales, cuya modificación única y exclusivamente se fija para ajustar en contenido a la realidad actual del capital social en los términos siguientes:

"Artículo 6º.- El capital social es de siete millones novecientos setenta y dos mil trescientos veinte Euros (7.972.320 Euros), dividido en diez millones cuatrocientas cuarenta mil (10.440.000) acciones nominativas, de valor nominal 0,763632183908046 Euros por acción, totalmente suscritas y desembolsadas en un 80,5640014450004%, y numeradas de la 1 a 208.800, ambas inclusive, de la 300.001 a 474.000, ambas inclusive, de la 550.001 a 758.000, ambas inclusive, de la 850.001 a 1.024.000, ambas inclusive, de la 1.100.001 a 1.274.000, ambas inclusive, de la 1.350.001 a 3.090.000, ambas inclusive, de la 3.850.001 a 4.024.000, ambas inclusive, de la 4.100.001 a 4.274.000, ambas inclusive, de la 4.350.001 a 4.593.600, ambas inclusive, de la 4.700.001 a 5.048.000, ambas inclusive, de la 5.200.001 a 5.374.000, ambas inclusive, de la 5.450.001 a 5.798.000, ambas inclusive, de la 5.950.001 a 6.298.000, ambas inclusive, de la 6.450.001 a 6.624.000, ambas inclusive, de la 6.700.001 a 6.874.000, ambas inclusive, de la 6.950.001 a 7.124.000, ambas inclusive, de la 7.200.001 a 8.070.000, ambas inclusive, de la 8.450.001 a 8.624.000, ambas inclusive, de la 8.700.001 a 8.874.000, ambas inclusive, de la 8.950.001 a 9.124.000, ambas inclusive, de la 9.200.001 a 9.374.000, ambas inclusive, de la 9.450.001 a 9.624.000, ambas inclusive, de la 9.700.001 a 9.874.000, ambas inclusive, de la 9.950.001 a 10.124.000, ambas inclusive, 10.200.001 a 10.374.000, ambas inclusive, de la 10.450.001 a 10.624.000, ambas inclusive, de la 10.700.001 a 12.440.000, ambas inclusive, de la 13.200.001 a 13.722.000, ambas inclusive, de la 13.950.001 a 14.158.800, ambas inclusive, de la 14.250.001 a 14.772.000, ambas inclusive, representadas por medio de títulos nominativos, que podrán ser unitarios o múltiples.

Los desembolsos pendientes se efectuarán en metálico dentro de los cinco (5) años siguientes a la fecha de constitución de la Sociedad y serán exigidos por el órgano de administración de la Sociedad en una o varias veces, con los requisitos establecidos en la Ley de Sociedades de Capital."

Esto se hace público a los efectos de que los acreedores de la Sociedad puedan formular su derecho de oposición en los términos previstos en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

Madrid, 16 de noviembre de 2016.- Don Xavier González Dolz en representación de AKM Gestión Inmobiliaria X Sgeic, S.A. -Administrador Mancomunado-. Don Pablo García Montañés, en representación de Andprivate Consulting, S.L. -Administrador mancomunado-.

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