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Documento BORME-C-2017-10044

GPRO SPAIN DEVELOPMENT, S.L.U.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
GPRO SPAIN INDUSTRIA DE DESARROLLO ALIMENTARIO, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 242, páginas 11574 a 11574 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-10044

TEXTO

Anuncio de segregación.

En cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles («LME»), por remisión expresa del artículo 73 de dicha Ley, se hace público que el socio único de «Gpro Spain Development, S.L.U». (en adelante, la «Sociedad Segregada»), en sesión celebrada el 10 de diciembre de 2017, acordó la segregación y transmisión en bloque de la rama de actividad de fabricación y envasado de aceite de oliva, elaboración y crianza de vinos y otras actividades agrícolas, que se traspasa por sucesión universal a una sociedad beneficiaria de nueva creación denominada «Gpro Spain Industria De Desarrollo Alimentario, S.L.U.» (en adelante la «Sociedad Beneficiaria») sin necesidad, en aplicación del artículo 78 bis de la LME, del «informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión», y todo ello de acuerdo con el proyecto de segregación de fecha 30 de junio de 2017, el cual fue también aprobado por el Socio Único.

La contraprestación de la transmisión de la rama de actividad a favor de la Sociedad Beneficiaria, será el cien por cien de las participaciones sociales correspondientes al capital resultante de dicha Sociedad Beneficiaria. Debido a que la Sociedad Segregada será titular de forma directa de todas las participaciones de la Sociedad Beneficiaria, la segregación se realiza con arreglo a lo previsto en los artículos 49.1 y 78 bis de la LME por remisión del artículo 73 de la misma, lo que comporta que la segregación se realice sin aumento de capital ni canje de valores en la Sociedad Beneficiaria, ni aprobación del Balance de segregación.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de obtener el texto íntegro y documentos anexos del acuerdo de segregación adoptado, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de la Sociedad Segregada, en el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de segregación.

Palma, 10 de diciembre de 2017.- El Administrador único de Gpro Spain Development, S.L.U., Guo Jin Dong.

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