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Documento BORME-C-2017-10045

IBERDIGEST, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)
IBERDIGEST GROUP, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 242, páginas 11575 a 11575 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-10045

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME") por remisión del artículo 73 de la misma ley, se hace público que la Junta General Universal de Socios de la sociedad IBERDIGEST, S.L., en fecha 19 de diciembre de 2017, ha acordado por unanimidad aprobar la escisión de parte de su patrimonio a favor de IBERDIGEST GROUP, S.L. (Sociedad Beneficiaria de la Escisión Parcial), sociedad ésta de nueva creación, mediante el traspaso en bloque y por sucesión universal del patrimonio escindido consistente en todas las acciones que IBERDIGEST, S.L. ostenta de la mercantil polaca POLSKA MEAT, S.A. representativas del 63,97% del capital social de ésta y que se identifican en el proyecto de escisión formulado por el administrador único de IBERDIGEST, S.L. el 19 de diciembre de 2017.

La Junta General Universal de Socios de IBERDIGEST, S.L. aprobó asimismo la constitución de IBERDIGEST GROUP, S.L. (Sociedad Beneficiaria de la escisión parcial en cuestión) y los estatutos sociales por los que deba regirse.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de IBERDIGEST, S.L. a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, de acuerdo con el referido artículo 43.1 de la LME por remisión del artículo 73 de la misma ley, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores, y que podrán ejercitar en el plazo y demás términos previstos en el artículo 44 de la LME por remisión del artículo 73 de la misma.

Se deja constancia de que no existe Balance de Escisión porque esta Escisión Parcial se lleva a cabo mediante la creación de una nueva sociedad cuyas participaciones sociales se atribuyen a los socios de la Sociedad Escindida proporcionalmente a los derechos que tienen en el capital social de ésta, de conformidad con lo previsto en el artículo 78 bis de la LME

Santa Llogaia d'Alguema, 19 de diciembre de 2017.- Inacio Fernandes Pedrosa, Administrador único.

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