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Documento BORME-C-2018-7359

SOCIEDAD GENERAL ESPAÑOLA DE LIBRERÍA, DIARIOS,
REVISTAS Y PUBLICACIONES, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ESPRONCEDA INVESTMENT, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 184, páginas 8571 a 8571 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-7359

TEXTO

Anuncio de fusión.

A efectos de lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, en adelante LME, se hace público que las respectivas Juntas generales de Sociedad General Española de Librería, Diarios, Revistas y Publicaciones, S.A.U. (Sociedad Absorbente) y Espronceda Investment, S.L. (Sociedad Absorbida), han acordado, en fecha 12 de septiembre de 2018, y de conformidad con el proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes, la fusión por absorción de Sociedad General Española de Librería, Diarios, Revistas y Publicaciones, S.A.U. (Sociedad Absorbente) y Espronceda Investment, S.L (Sociedad Absorbida), quedando ésta última disuelta sin liquidación al ser absorbida por Sociedad General Española de Librería, Diarios, Revistas y Publicaciones, S.A.U. que sucederá en todo el patrimonio de la absorbida y se subrogará en todos sus derechos y obligaciones.

En la medida en que la Sociedad Absorbente es titular del 100% del capital social de la Sociedad Absorbida y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado en Junta universal y por unanimidad en ambas sociedades, la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley, sin informe de los Administradores sobre el Proyecto de Fusión y sin necesidad de aumento de capital en la Sociedad Absorbente ni informe de experto de conformidad con lo dispuesto en los artículo 42 y 49.1 de la LME.

Finalmente, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores sociales de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 44 de la LME.

Asimismo, puesto que la Sociedad Absorbente está íntegramente participada de forma directa por la Sociedad Absorbida se trata de una fusión inversa prevista en el artículo 52.1 de la LME y que la fusión ha sido aprobada por unanimidad de la Junta General de Socios del accionista único (esto es, Sociedad General Española de Librería Diarios Revistas y Publicaciones, S.A.U. de la Sociedad Absorbente, la fusión se ha aprobado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 49.1 de la LME.

Madrid, 12 de septiembre de 2018.- Ángel Pendás Aguirre, Secretario del Consejo de Administración de Espronceda Investment, S.L., y Secretario no Consejero de Sociedad General Española de Librería, Diarios, Revistas y Publicaciones, S.A.U.

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