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Documento BORME-C-2018-8073

DISTROMEL, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 208, páginas 9409 a 9409 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2018-8073

TEXTO

Reducción y simultáneo Aumento de Capital.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de Distromel, sociedad anónima, celebrada el día 5 de octubre de 2.018, ha acordado por unanimidad:

1.- La reducción de capital social a cero para compensar pérdidas mediante la amortización de todas las acciones de la sociedad. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 343 de la Ley de Sociedades de Capital, con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la Sociedad disminuido por pérdidas, se acordó reducir el capital social, que era de 180.000,00 euros, totalmente desembolsados, a 0 euros, mediante la amortización de las acciones existentes, número 1 a 15.000 ambos inclusive, de 12 euros de valor nominal cada una de ellas, quedando anuladas la totalidad de las 15.000 acciones hasta la fecha emitidas. La presente reducción toma como referencia el balance individual de la sociedad cerrado a fecha 30 de septiembre de 2018, aprobado en el acuerdo primero de la citada Junta General.

En virtud del artículo 335.a) de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que los acreedores no gozan de derecho de oposición a la presente operación de reducción de capital.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 344 de la Ley de Sociedades de Capital, la eficacia del acuerdo de reducción de capital quedó condicionada a la ejecución del acuerdo de ampliación de capital simultáneo adoptado a continuación.

2.- Aumento de capital simultáneo por aportaciones dinerarias. Se acordó ampliar simultáneamente el capital social de la compañía en 350.000,00 euros, mediante la emisión de 35.000 nuevas acciones nominativas, iguales, indivisibles y acumulables, de 10 euros de valor nominal cada una ellas, numeradas consecutiva y correlativamente de la 1 a la 35.000 ambas inclusive. Previa renuncia individual en ese mismo acto al derecho de suscripción preferente por parte de todos los accionistas, las nuevas acciones fueron suscritas en su totalidad en dicha Junta, proponiéndose en consecuencia la modificándose el artículo 5º de los Estatutos Sociales.

San Esteban de Litera, 20 de octubre de 2018.- Administrador, Sergio Lombarte Altabas.

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