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Documento BORME-C-2019-2212

TOKIO MARINE EUROPE, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
HCC GLOBAL FINANCIAL PRODUCTS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 80, páginas 2721 a 2721 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-2212

TEXTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 43 y 66 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante "LME"), aplicables por remisión del artículo 55 de la misma Ley, se hace público que el accionista único de la sociedad "TOKIO MARINE EUROPE, S.A." (Sociedad Absorbente) y el socio único de "HCC GLOBAL FINANCIAL PRODUCTS, S.L." (Sociedad Absorbida), han aprobado con fecha 25 de abril de 2019, la fusión transfronteriza de las citadas sociedades, mediante la absorción de la Sociedad Absorbida de nacionalidad española por la Sociedad Absorbente de nacionalidad luxemburguesa, con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, extinción de su personalidad jurídica y transmisión de su patrimonio en bloque a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, todo ello en los términos y condiciones establecidos en el proyecto de fusión debidamente suscrito y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.

De conformidad con los artículos 43 y 66 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, accionistas y acreedores de ambas sociedades, de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión y demás información sobre la fusión, dirigiéndose al domicilio social de cualquiera de las Sociedades participantes en la fusión transfronteriza, es decir, respecto de la Sociedad Absorbida a la calle Josep Pla 2, Edificio Torre Diagonal Mar, Planta 10, 08019, Barcelona, España y respecto a la Sociedad Absorbente en 33 rue Sainte-Zithe, L-2763 Luxemburgo, Gran Ducado de Luxemburgo. Se hace constar igualmente que se ha puesto a disposición de los socios y representantes de los trabajadores y/o empleados de las Sociedades intervinientes la documentación prevista en el artículo 39 LME.

Del mismo modo se reconoce el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan que se encuentren en alguno de los supuestos legales, de oponerse a la fusión transfronteriza, en los términos establecidos en el artículo 44 LME por remisión del artículo 55 LME, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión transfronteriza. Los acreedores podrán obtener, sin gastos, en el domicilio social de cualquiera de las entidades intervinientes en la fusión, información exhaustiva sobre las condiciones del ejercicio de sus derechos.

Barcelona, 25 de abril de 2019.- La Secretaria no Consejera del Consejo de Administración de HCC Global Financial Products, S.L., Nagore de Lauzirika Durall.

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