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Documento BORME-C-2019-5638

SPOTTING BRANDS TECHNOLOGIES, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BLAVEO TELECOMUNICACIONES, SOCIEDAD LIMITADA
SEGURA WIRELESS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 125, páginas 6666 a 6666 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-5638

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que los socios únicos de las citadas sociedades, constituidos todos ellos en Junta General, celebradas con fecha 10 de junio de 2019, aprobaron la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por "Spotting Brands Technologies, Sociedad Limitada" (sociedad absorbente) de "Blaveo Telecomunicaciones, Sociedad Limitada" y "Segura Wireless, Sociedad Limitada" (sociedades absorbidas), con entera transmisión de los patrimonios de las sociedades absorbidas, que quedarán disueltas y extinguidas sin liquidación, incorporando en bloque todo su activo y pasivo a la sociedad absorbente.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 40.1 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se manifiesta que el acuerdo de fusión se aprueba en los mismos términos que el proyecto común de fusión, de 30 de mayo de 2019, ajustándose estrictamente a su contenido.

La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión, regulado en el artículo 42 de la citada Ley 3/2009, por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil, ni la elaboración del informe de administradores sobre aquel.

Asimismo, de conformidad con el mencionado artículo de la Ley 3/2009 y demás normativa aplicable a esta operación, no se exige la emisión de informes de administradores y expertos independientes relativos a la fusión aprobada, si bien en el presente caso, los administradores de las sociedades participantes en el proceso han suscrito de forma conjunta un proyecto de fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los a los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la citada Ley 3/2009, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Las Rozas de Madrid, 28 de junio de 2019.- Representante persona física de "Spotting Brands Technologies, Sociedad Limitada", Administrador único de "Segura Wireless, Sociedad Limitada" y de "Blaveo Telecomunicaciones, Sociedad Limitada"; así como de "Red Lte Mm, Sociedad Limitada", Presidente del Consejo de Administración de "Spotting Brands Technologies, Sociedad Limitada", José Carlos Oya Ortega.

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