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Documento BORME-C-2019-6356

SERVICIOS MICROINFORMÁTICA, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)
SLAKSEMIC, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN, YA EXISTENTE)

Publicado en:
«BORME» núm. 147, páginas 7496 a 7496 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-6356

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 73 y 43 de la Ley de Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de SERVICIOS MICROINFORMATICA, S.A. y de socios de SLAKSEMIC, S.L., celebradas el día 28 de junio de 2019 aprobaron, por unanimidad, la escisión parcial impropia de carácter financiero de SERVICIOS MICROINFORMATICA, S.A., mediante la segregación de su patrimonio de la cartera de valores consistente en las acciones y participaciones sociales de las sociedades SOLUCIONES TIC PARA LAS ORGANIZACIONES, S.A. y ESSENTIAM SERVICES, S.L.. de la que es propietaria la sociedad escindida y que se traspasa en bloque a la sociedad limitada preexistente SLAKSEMIC, S.L.

La sociedad beneficiaria adquirirá por sucesión, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones tanto del Proyecto de Escisión conjunto suscrito por el Órgano de Administración de ambas sociedades intervinientes en la escisión en fecha 27 de mayo de 2019, y presentado para su depósito voluntario en el Registro Mercantil de Lleida en fecha 5 de junio de 2019, calificado favorablemente por dicho Registro en fecha 10 de junio de 2019, y del acuerdo de escisión parcial adoptado por unanimidad por cada una de las sociedades intervinientes en la escisión.

A tal efecto, se informa que en la escisión parcial de carácter financiero se ha tomado como Balance de escisión el cerrado a 31 de diciembre de 2018, y teniendo la escisión efectos contables desde el día 1 de enero de dos mil 2019.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de SERVICIOS MICROINFORMATICA, S.A. y SLAKSEMIC, S.L. de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión de dichas sociedades, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de la Compañía.

Los acreedores pueden oponerse a la escisión en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Asimismo, se hace constar que se puso a disposición de los representantes de los trabajadores de las sociedades intervinientes en la escisión todos los documentos e información a que se refiere el artículo 39 de la Ley de Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Lérida, 16 de julio de 2019.- Los Consejeros, Óscar López Gombau, Álvaro Perera Badía y Javier Puertas Gelonch.

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