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Documento BORME-C-2019-8024

GESTIÓN INMOBILIARIA LOS ALMENDROS, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
VALALANTO, S.L.
GESTIÓN MC GREGOR, S.L.
HIGRECHI, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 213, páginas 9362 a 9362 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-8024

TEXTO

Anuncio de Escisión Total

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, en relación con los artículos 69 y 73 y siguientes del mimo texto legal, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la Sociedad GESTIÓN INMOBILIARIA LOS ALMENDROS, S.L. de fecha 31 de julio de 2019, ha acordado por unanimidad aprobar la escisión total de la referida GESTIÓN INMOBILIARIA LOS ALMENDROS, S.L., que se extinguirá vía disolución sin liquidación, con el consiguiente traspaso de la totalidad de su patrimonio social a las tres entidades beneficiarias todas ellas de nueva creación denominadas VALALANTO, S.L.; HIGRECHI, S.L.; y GESTIÓN MC GREGOR, S.L.; quienes adquirirán por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del mismo, en los términos y condiciones del Proyecto de Escisión Total suscrito por el Consejo de Administración de la sociedad escindida en fecha 30 de junio de 2019. Como consecuencia de la escisión total, los actuales socios de la Sociedad Escindida recibirán participaciones sociales en cada una de las tres Sociedades Beneficiarias en igual proporción a la que ostentaban en la sociedad escindida, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78 bis de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, motivo por el que no resultan necesarios el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión, ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la misma Ley de Modificaciones Estructurales, se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Escindida a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, el Proyecto de Escisión Total, y el Balance de Escisión, así como el derecho que corresponde a los acreedores de la misma de oponerse a la escisión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.

Madrid, 31 de julio de 2019.- La Secretaria del Consejo de Administración, María del Carmen Chicharro Almarza, con el visto bueno de la Presidenta, María del Carmen Almarza Gómez.

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