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Documento BORME-C-2020-538

GTD INGENIERÍA DE SISTEMAS Y DE SOFTWARE, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 30, páginas 596 a 596 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2020-538

TEXTO

De acuerdo con lo establecido en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas celebrada el día 2 de enero de 2020, acordó lo siguiente:

1.º La reducción del capital social de la entidad, en la cifra de 14.250 euros, con la finalidad de devolver las aportaciones. La reducción se efectúa mediante el procedimiento de amortización de 57 acciones, números 511 a 525 y, 1105 a 1146, todas ellas inclusive, de 250 euros de valor nominal cada una de ellas.

Como consecuencia de la reducción de capital social, se abonará al accionista, titular de las referidas acciones, la suma global de 660.192,12 euros.

La reducción del capital social deberá ejecutarse en un plazo máximo de dos meses, una vez transcurrido el plazo del derecho de oposición de los acreedores, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

2.º La reducción del capital social de la entidad, en la cifra de 1.500,00 euros, por el procedimiento de amortización de 6 acciones propias, procedentes de la autocartera, números 505 a 510, ambas inclusive, de 250,00 euros de valor nominal cada una, con un valor nominal global de 1.500,00 euros. La finalidad de la reducción es eliminar la autocartera de la Sociedad.

La reducción del capital social deberá ejecutarse en un plazo máximo de dos meses, una vez transcurrido el plazo del derecho de oposición de los acreedores, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

El capital social resultante de las anteriores reducciones de capital, ha quedado fijado en doscientos noventa y siete mil doscientos cincuenta euros (297.250,00 €), dividido en 1.189 acciones ordinarias, nominativas y de una sola serie, de valor nominal doscientos cincuenta euros cada una.

Los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio de los acuerdos de reducción del capital social, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos, tendrán el derecho de oponerse a las reducciones en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de reducción del capital social, de conformidad con lo establecido en los artículos 334 y 336 LSC.

Barcelona, 7 de febrero de 2020.- El Administrador solidario Sernex Trade, S.L.U., representada por Ángel Ramírez Navarro.

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