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Documento BORME-C-2020-539

JOSÉ MARÍA BORRÁS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 30, páginas 597 a 597 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2020-539

TEXTO

La Junta General Extraordinaria de la sociedad, celebrada el 25 de noviembre de 2019, adoptó por mayoría y con quórum suficiente reducir el capital social a cero, con la finalidad de reestablecer el equilibro entre aquél y el patrimonio de la sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas y de aumentarlo de forma simultánea hasta 216.000 euros, de acuerdo con las siguientes condiciones:

El capital se reduce en su cifra total, es decir, en 60.102 euros, mediante la amortización de las acciones actuales de la sociedad, números 1 al 1.080. Dichas acciones quedarán amortizadas de pleno derecho y sus títulos representativos carentes de su valor de tales en el momento en que culmine la ejecución del simultáneo acuerdo de aumento de capital, sin que proceda abonar suma alguna a los accionistas.

El aumento de capital se realizará mediante la emisión de 2.160 nuevas acciones ordinarias, numeradas del 1 al 2.160, ambas inclusive, pertenecientes a una única clase y serie y representadas por medio de títulos nominativos de 100 euros de valor nominal cada una, emitidas a la par.

Los actuales accionistas podrán ejercitar el derecho de suscripción preferente, en el plazo de un mes desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, de acuerdo con la siguiente relación de cambio: Dos acciones en el nuevo capital social por cada una de las acciones antiguas.

La emisión de las nuevas acciones se hará a la par. El contravalor de las acciones nuevas se hará efectivo mediante aportación dineraria. Las nuevas acciones deberán ser desembolsadas en su totalidad en el momento de la suscripción y su importe deberá ser satisfecho en metálico o mediante cheque conformado nominativo a nombre de la sociedad.

Si transcurrido el plazo del mes recogido con anterioridad, la ampliación no hubiese quedado suscrita en su totalidad, podrán los accionistas que hayan acudido a la ampliación, suscribir las acciones no suscritas en el plazo de cinco días. Si transcurrido este último plazo, no fueren suscritas todas las acciones emitidas, la ampliación se llevará a efecto, únicamente, en el importe suscrito. Si este importe fuera inferior a 200.000 euros, quedará sin efecto tanto la reducción como la ampliación acordadas.

Ceuta, 3 de febrero de 2020.- El Secretario del Consejo de Administración, Ignacio Zurdo Ruiz-Ayúcar.

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