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Documento BORME-C-2021-1486

SACOS DURCAL, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 68, páginas 1978 a 1978 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2021-1486

TEXTO

Anuncio de Reducción de Capital de la sociedad SACOS DURCAL, S.A.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que en la Junta General de Accionistas de la mercantil "SACOS DURCAL, S.A.", celebrada con carácter Extraordinario y Universal el día 11 de noviembre de 2020, se tomaron por unanimidad, entre otros acuerdos, el de efectuar una reducción de capital social y en los términos siguientes:

Primero.- Dado que la sociedad disponía de acciones en autocartera, se acordó por unanimidad reducir el capital social en la cifra de 82.549,01 euros con cargo a reservas libres, mediante la amortización de 2.747 acciones propias (1 a la 425; 4.007 a la 4.220; 5.104 a la 5.251; 6.417 a la 6.623; 851 a la 1.275; 2.351 a la 2.675; 1.901 a la 2.025; 3.378 a la 3.629; 4.843 a la 5.103 y de la 6052 a la 6.416) de un valor nominal por acción de 30,05 euros cada una, que poseía la sociedad en autocartera, las cuales habían sido adquiridas por la sociedad al amparo de lo previsto en el artículo 146.1 de la Ley de Sociedades de Capital, con base en lo autorizado en su momento por la Junta General. La reducción no conlleva devolución de aportaciones por ser la propia sociedad la titular de las acciones amortizadas. Por tanto, la finalidad de la mencionada reducción es únicamente la amortización de tales acciones propias. Como consecuencia de la reducción de capital, se acordó dar nueva redacción al artículo 8 de los estatutos sociales en los siguientes términos: "Artículo 8.- El capital social es de 119.388,65 €, totalmente suscrito y desembolsado, representado por 3.973 acciones nominativas de 30,05 de valor nominal, numeradas correlativamente del 1 a la 3.973.

De conformidad con el artículo 335.c) de la Ley de Sociedades de Capital, no existe derecho de oposición de acreedores al realizar la reducción con cargo a reservas libres, si bien el importe del valor nominal de las acciones amortizadas se ha destinado a una reserva de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos exigidos para la reducción del capital social.

Durcal, 3 de abril de 2021.- Administrador, Javier Jiménez Melguizo.

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