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Documento BORME-C-2021-1613

EURONAMAS GESTIÓN DE FINCAS CENTRO, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EURONAMAS GESTIÓN DE FINCAS MADRID, S.L.U.
EURONAMAS GESTIÓN DE FINCAS SUR, S.L.U.
ARESI GESTIÓN RESIDENCIAL, S.L.U.
ADMINISTRACIÓN URBANA Y RURAL CHORRO, S.L.U.
ELCHE ADMINISTRACIÓN DE FINCAS, S.L.U.
AFINEM ADMINISTRACIÓ DE FINQUES, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 72, páginas 2128 a 2128 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-1613

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se anuncia que el socio único de la sociedad Euronamas Gestión de Fincas Centro, S.L.U., y el socio único de las sociedades Euronamas Gestión de Fincas Madrid, S.L.U., Euronamas Gestión de Fincas Sur, S.L.U., Aresi Gestión Residencial, S.L.U., Administración Urbana y Rural Chorro, S.L.U., Elche Administración de Fincas, S.L.U., y Afinem Administració de Finques, S.L.U., han decidido en fecha 29 de marzo de 2021, aprobar la fusión por absorción de Euronamas Gestión de Fincas Madrid, S.L.U., Euronamas Gestión de Fincas Sur, S.L.U., Aresi Gestión Residencial, S.L.U., Administración Urbana y Rural Chorro, S.L.U., Elche Administración de Fincas, S.L.U., y Afinem Administració de Finques, S.L.U. (sociedades absorbidas), por parte de Euronamas Gestión de Fincas Centro, S.L.U. (sociedad absorbente), con la consiguiente disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y el traspaso en bloque y por sucesión universal de la totalidad del patrimonio de estas últimas a la sociedad absorbente.

En la medida en que las sociedades absorbidas están íntegramente participadas de forma directa y/o indirecta por el mismo socio (la sociedad Grupo Aresi de Inversiones Spain, S.L.U.), se deja constancia de que se trata de una fusión gemelar por absorción prevista en el artículo 49 de la LME y que la misma ha sido aprobada por el socio único de la sociedad absorbente y por el socio único de las sociedades absorbidas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 49.1 de la LME.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión por absorción a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores sociales.

Madrid, 14 de abril de 2021.- Interviene en nombre de las sociedades Euronamas Gestión de Fincas Centro, S.L.U., y el socio único de las sociedades Euronamas Gestión de Fincas Madrid, S.L.U., Euronamas Gestión de Fincas Sur, S.L.U., Aresi Gestión Residencial, S.L.U., Administración Urbana y Rural Chorro, S.L.U., Elche Administración de Fincas, S.L.U. y Afinem Administració de Finques, S.L.U., el Administrador Único de todas ellas, la sociedad Grupo Aresi de Inversiones Spain, S.L.U., y en su representación, Lina Zilakauskiene.- La Administradora, Lina Zilakauskiene.

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