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Documento BORME-C-2021-7661

LA GRANJA FOODS 1959, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FARMER FOODS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 220, páginas 9236 a 9236 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2021-7661

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hacen públicos los siguientes acuerdos adoptados por unanimidad por la Junta general extraordinaria y universal de socios de LA GRANJA FOODS 1959, S.L., y decisiones adoptadas por el socio único de FARMER FOODS, S.L.U., en ambos casos el día 30 de junio de 2021:

1.º Aprobar la fusión por absorción de la sociedad FARMER FOODS, S.L.U., por parte de la sociedad LA GRANJA FOODS 1959, S.L., con extinción sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de la totalidad de su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal los bienes, derechos y obligaciones de la absorbida.

2.º Aprobar como balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2020.

3.º Aprobar las condiciones de la fusión, y entre ellas:

4.º Aprobar que, a efectos contables, las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas por la absorbente desde el día 1 de enero de 2021.

5.º Dejar constancia de que en la sociedad absorbente no se atribuyen ningún tipo de ventajas a favor de los administradores de las sociedades que participan en la fusión ni derechos especiales diferentes de las participaciones.

6.º Aprobar el tipo de canje, de forma que al socio único de la sociedad absorbida se le ha asignado 1 participación social de la sociedad absorbente por cada 23,8888889 participaciones de la sociedad absorbida.

7.º Aumentar el capital social de la sociedad absorbente en 6.300 euros, mediante la creación de 126 nuevas participaciones de 50 euros de valor nominal, con una prima de emisión de 6.152,20 euros por participación; las 126 participaciones se asignan al socio único de la sociedad absorbida, junto con una compensación complementaria de 0,45 euros.

8.º Acoger la fusión al régimen fiscal especial.

De conformidad con los artículos 43 y 44 de la misma Ley, se informa del derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de la fusión; así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, que tendrá que ser ejercitado según dicha ley, en el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Barcelona, 11 de octubre de 2021.- Los Administradores solidarios de la sociedad absorbente, Carmen Gol Llenas y Celestino López Martín.

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