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Documento BORME-C-2021-7772

TÉCNICAS, COMERCIO Y SERVICIOS DE AUTOMOCIÓN, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TECSA INVERSIONES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 222, páginas 9362 a 9362 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7772

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público que el Socio Único de TÉCNICAS, COMERCIO Y SERVICIOS DE AUTOMOCIÓN, S.A.U. ("Sociedad absorbente"), con fecha 3 de noviembre de 2021, ha adoptado acuerdo de fusión por absorción de la sociedad TECSA INVERSIONES, S.L. ("Sociedad absorbida"), se trata de una fusión inversa al estar la sociedad absorbente íntegramente participada por la sociedad absorbida, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión redactado por los Administradores de ambas sociedades, habiéndose aprobado, asimismo, los Balances de Fusión de ambas Compañías, cerrados a 30 de septiembre de 2021.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión por acuerdo unánime del Socio Único de la sociedad absorbente en Junta General Universal y del Socio Único de la sociedad absorbida de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse, como así ha sido, sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.

Sevilla, 15 de noviembre de 2021.- La Secretaria del Consejo de Administración de Técnicas, Comercio y Servicios de Automoción, S.A.U., Carolina Montes Vorcy.

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