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Documento BORME-C-2021-8223

PROMOCIONES ROSENDE, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBENTE)
BONFOGAR, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 231, páginas 9859 a 9859 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-8223

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 42 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se publica que, el 24 de noviembre de 2021, los socios "PROMOCIONES ROSENDE, S.L.U." y de "BONFOGAR, S.L." decidieron la fusión por absorción de "BONFOGAR, S.L." por "PROMOCIONES ROSENDE, S.L.U.", ajustándose al Proyecto de Fusión de 23 de noviembre de 2021, formulado por los Administradores de cada una de las sociedades. En consecuencia, "PROMOCIONES ROSENDE, S.L.U.", adquiere en bloque, por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, que queda disuelta, habiéndose aprobado asimismo los balances de fusión de ambas sociedades, cerrados a 22 y 23 de noviembre de 2021, respectivamente.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 de la LME, la fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la LME, al haberse adoptado en junta universal y por unanimidad de todos los socios de cada una de las sociedades que se fusionan.

Resulta de aplicación el procedimiento común por lo que la operación se realizó con aumento de capital de la absorbente y canje de participaciones.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores que son parte en las operaciones de fusión, de solicitar y obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión. Asimismo, los acreedores de las sociedades que participan en la fusión cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación de la decisión de fusión, podrán oponerse a la fusión, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de la decisión de fusión, en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la LME.

A Coruña, 29 de noviembre de 2021.- Administrador Único de "Promociones Rosende, sociedad limitada unipersonal" y Administrador Solidario de "Bonfogar, sociedad limitada.", Don José Rosende Calviño y Don Sergio Rosende García.

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