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Documento BORME-C-2022-2451

ENEL GREEN POWER ESPAÑA, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
VALDECABALLERO SOLAR, S.L.U.
NAVALVILLAR SOLAR, S.L.U.
CASTIBLANCO SOLAR, S.L.U.
COQUINA SOLAR, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 90, páginas 3062 a 3062 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-2451

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el Socio Único de ENEL GREEN POWER ESPAÑA, S.L. Sociedad Unipersonal, el día 29 de abril de 2022 aprobó la fusión por absorción de las sociedades "VALDECABALLERO SOLAR, S.L. Sociedad Unipersonal", "NAVALVILLAR SOLAR, S.L. Sociedad Unipersonal", "CASTIBLANCO SOLAR, S.L. Sociedad Unipersonal", y "COQUINA SOLAR, S.L. Sociedad Unipersonal" (Sociedades Absorbidas) por parte de la sociedad ENEL GREEN POWER ESPAÑA, S.L. Sociedad Unipersonal (Sociedad Absorbente), mediante la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, y transmisión en bloque de todo el patrimonio de éstas a la Sociedad Absorbente, que adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas.

Los acuerdos se han ajustado al Proyecto Común de Fusión suscrito, con fecha 28 de abril de 2022, por los respectivos Órganos de Administración de las compañías que se fusionan, así como a los Balances de Fusión de las sociedades intervinientes en la fusión, cerrados todos ellos a 31 de diciembre de 2021.

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el derecho de los socios, accionistas y acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los Balances de Fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social respectivo de cada una de las sociedades que se fusionan.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, los acreedores de las dos sociedades que se fusionan podrán oponerse al acuerdo de fusión adoptado por dichas sociedades, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del presente anuncio.

Madrid, 4 de mayo de 2022.- El Secretario Consejero de Enel Green Power España. S.L. Sociedad Unipersonal, Pablo de Mena Pernil.

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